3. Otras disposiciones. . (2023/242-69)
Orden de 13 de diciembre de 2023, por la que se autoriza la quema de restos vegetales generados en el ámbito agrícola en aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y se aprueba el modelo de comunicación a estos efectos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Miércoles, 20 de diciembre de 2023
página 19089/4
y requisitos que se establecen en el artículo 17 del Reglamento de Prevención y Lucha
contra los Incendios Forestales, aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre.
2. El cumplimiento de las condiciones y requisitos que se establecen en la presente
orden se entenderá sin perjuicio de las obligaciones establecidas en cualquier otra norma
que pudiera resultar de aplicación.
Artículo 7. Programa de control.
1. La Dirección General competente en materia de sanidad vegetal establecerá
un programa de control sobre las comunicaciones recibidas al objeto de comprobar el
cumplimiento de la presente orden.
2. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden será objeto de la tramitación
del correspondiente expediente sancionador en aplicación de lo dispuesto en la Ley
7/2022, de 8 de abril.
Artículo 8. Modificación de listado de situaciones fitosanitarias para las que se
autoriza la quema de restos vegetales.
Por resolución del Director General competente en materia de agricultura, se podrá
modificar el listado de cultivos y organismos nocivos para los que se autoriza la quema
de restos vegetales incluidos en el Anexo I de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.3
de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
Disposición adicional única. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola
y Ganadera para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente orden, cada una en el ámbito de sus competencias,
así como la actualización de los formularios, sin que en ningún caso pueda suponer
modificar el contenido normativo de la misma.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en la presente orden y, expresamente, la Orden de 28 de noviembre de 2022,
por la que se aprueba el modelo de solicitud para la autorización de la quema de restos
vegetales producidos en el ámbito agrícola en aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril,
de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de diciembre de 2023
CARMEN CRESPO DÍAZ
00294241
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Miércoles, 20 de diciembre de 2023
página 19089/4
y requisitos que se establecen en el artículo 17 del Reglamento de Prevención y Lucha
contra los Incendios Forestales, aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre.
2. El cumplimiento de las condiciones y requisitos que se establecen en la presente
orden se entenderá sin perjuicio de las obligaciones establecidas en cualquier otra norma
que pudiera resultar de aplicación.
Artículo 7. Programa de control.
1. La Dirección General competente en materia de sanidad vegetal establecerá
un programa de control sobre las comunicaciones recibidas al objeto de comprobar el
cumplimiento de la presente orden.
2. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden será objeto de la tramitación
del correspondiente expediente sancionador en aplicación de lo dispuesto en la Ley
7/2022, de 8 de abril.
Artículo 8. Modificación de listado de situaciones fitosanitarias para las que se
autoriza la quema de restos vegetales.
Por resolución del Director General competente en materia de agricultura, se podrá
modificar el listado de cultivos y organismos nocivos para los que se autoriza la quema
de restos vegetales incluidos en el Anexo I de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.3
de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
Disposición adicional única. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola
y Ganadera para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente orden, cada una en el ámbito de sus competencias,
así como la actualización de los formularios, sin que en ningún caso pueda suponer
modificar el contenido normativo de la misma.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en la presente orden y, expresamente, la Orden de 28 de noviembre de 2022,
por la que se aprueba el modelo de solicitud para la autorización de la quema de restos
vegetales producidos en el ámbito agrícola en aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril,
de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de diciembre de 2023
CARMEN CRESPO DÍAZ
00294241
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja