5. Anuncios. . (2023/242-104)
Anuncio de 15 de diciembre de 2023, de la Directora de Administración General de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura de dos puestos de Técnico Medio Comercial de Servicios Centrales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Miércoles, 20 de diciembre de 2023

página 19149/8

7. Procedimiento de reclamación.
Los interesados/as podrán presentar reclamaciones ante la Gerencia de la Agencia,
contra las actuaciones y en los plazos que a continuación se referencian:
- Admisión de los candidatos/as que reúnan los requisitos de la convocatoria: 3 días
laborables desde su publicación en la intranet de la Agencia.
- Publicación de los candidatos/as aptos de la prueba y su puntuación: 3 días
laborables desde su publicación en la intranet de la Agencia.
- Designación de el/la candidato/a finalista: 3 días laborables desde su publicación en
la intranet de la Agencia.
La resolución de la Gerencia sobre la reclamación presentada será recurrible en
alzada en el plazo de un mes desde su notificación ante la Dirección General, cuya
resolución será definitiva, y contra la misma podrá interponerse demanda ante la
jurisdicción social en el plazo de dos meses, sin necesidad de interponer reclamación
previa a la vía jurisdiccional social.
En el supuesto que transcurran tres meses sin haber sido notificada la resolución que
resuelva el recurso de alzada, se podrá entender desestimado el recurso en los términos
del artículo 122.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y el/la interesado/a podrá formalizar la
demanda en el plazo de dos meses ante la jurisdicción social sin necesidad de interponer
reclamación previa a la vía judicial social.
En Sevilla, a la fecha de la firma digital del presente documento.
Fdo.: Francisco Javier Díaz Pérez. El Gerente de AVRA.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294311

En caso de igualdad de la baremación en los apartados de experiencia profesional,
antigüedad y formación directa e indirecta, se incorporará la candidatura del género
menos representado. Si persiste el empate en género o se ha llegado al mismo sin
tener iguales resultados en todos los apartados, se adjudicará la provisión interna a
la candidatura que haya obtenido una mejor puntuación en la prueba eliminatoria. En
caso de que también se haya producido un empate en la prueba de conocimientos,
resolverá la Dirección de la Agencia mediante informe motivado.
• Para garantizar la adecuación entre “la experiencia y méritos profesionales” aportada
por los/as candidatos/as y el perfil del puesto, el Órgano de Selección podrá acordar
al inicio del proceso la utilización de coeficientes ponderados en la baremación,
haciendo uso del “hasta” contenido en el apartado “Experiencia Profesional” de la
presente convocatoria.
• No se valorará el solapamiento de periodos de trabajo. Si concurriera el
solapamiento de experiencias y méritos profesionales en un mismo periodo, se
tendrá en consideración el más favorable, con el porcentaje de dedicación que se
acuerde por el Órgano de Selección.
4. Finalizado el proceso de selección, el Órgano de Selección propondrá a la Gerencia
de la Agencia la candidatura más idónea para el desempeño del puesto ofertado según
el art. 23.1 del IV Convenio Colectivo. La Gerencia designará al candidato/a finalista
conforme al/el candidato/a propuesto por el Órgano de Selección.
5. Resuelto el proceso de selección y designado el/la candidato/a finalista por la
Gerencia de la Agencia, el/la trabajador/a deberá incorporarse a su nuevo destino en el
plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
Resolución de adscripción en la intranet de la Agencia, si es dentro de la misma provincia,
y un plazo de 20 días naturales si es en distinta provincia. Este plazo podrá adelantarse
o demorarse dependiendo de la planificación y necesidades organizativas de la Agencia.
En el caso de no producirse la incorporación se entenderá que renuncia a su resultado de
candidato/a finalista.
6. Se establece un periodo de prueba de 4 meses en virtud de lo establecido en la
art. 24.2 del IV Convenio Colectivo.