Disposiciones generales. . (2023/241-5)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023

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ANEXO I

9. DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA
La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente
solicitud y SOLICITA la concesión de la subvención por importe de:
En

a

de

de

LA PERSONA SOLICITANTE / REPRESENTANTE

Fdo.:

ILMO/A SR/A DIRECTOR/A DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas: A 0 1 0 1 4 1 9 1
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es el Instituto Andaluz de la Mujer cuya dirección es calle Doña María
Coronel, nº6, 41003 Sevilla.
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.iam@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos aporta se incorporan a la actividad de tratamiento IAM-subvenciones y ayudas competencia del
Gabinete de Estudios y Programas, con la finalidad de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género; la licitud de dicha
tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
conferidos al responsable del tratamiento, consecuencia de lo establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
Promoción de la Igualdad de Género y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra
la Violencia de Género.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su
tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las
derivadas de obligación legal.
La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en
la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166383.html
La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Agencia Tributaria de Andalucía, que
sean requeridas por las bases reguladoras, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00294149

003332/2

De conformidad con las bases reguladoras de esta ayuda, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses a
contar desde que la solicitud tiene entrada en el órgano gestor.
Transcurrido dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución de esta solicitud, podrá entender que su petición ha sido
desestimada por aplicación del silencio negativo, sin perjuicio de la obligación de dictar resolución expresa sin vinculación del
silencio, conforme al artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja