5. Anuncios. . (2023/240-61)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica de la Modificación núm. 1 del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Tropical de Granada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 240 - Lunes, 18 de diciembre de 2023

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tanto con posibles efectos negativos sobre el medio ambiente. El mantenimiento de esta
prohibición en zonas de Red Natura 2000 que carezcan de instrumento de planificación
pone de manifiesto tales efectos.
Actualmente, las tensiones que presentan estas zonas de protección territorial son
las mismas que motivaron su protección, incluso se ven acentuadas tanto por la mayor
escasez de recursos naturales e incremento de riesgos ambientales consecuencia del
cambio climático, como por el incremento de las actividades de la agricultura intensiva y
la construcción incontrolada de edificaciones.
En conclusión, se considera necesario que el POT mantenga el nivel de protección
actual en las Zonas de Paisaje Sobresaliente y, en su caso, actuar con mayor decisión
proponiendo modificaciones que incrementen la protección vigente con medidas
concretas y efectivas que resuelvan estas disfuncionalidades territoriales.
4. Efectos significativos sobre el medio ambiente.
Las modificaciones cuyos efectos se procede a valorar al objeto de determinar si son
negativos significativos afectan principalmente a los artículos 55 y 56:
- Roturaciones para nuevos cultivos en terrenos con pendiente superior al 10% en
Zonas de Paisajes Sobresalientes.
- Construcción de edificaciones e instalaciones asociadas a usos agrarios y turísticos.
4.1. Respecto a la eliminación de la prohibición de realizar roturaciones para nuevos
cultivos en terrenos con pendiente superior al 10% en Zonas de Paisajes Sobresalientes,
se hacen las siguientes observaciones:
1.ª El EsAE muestra que este tipo de actuación afectará directa y negativamente
a numerosos factores ambientales, con posibles efectos acumulativos y sinérgicos de
magnitud severa sobre el paisaje originario, alterando la erosionabilidad, eliminando
especies autóctonas, alterando la biodiversidad, causando un efecto barrera para la
fauna, reduciendo la conectividad ecológica y, como efecto sinérgico derivado, generando
posibles demandas de instalaciones y construcciones necesarias para su funcionamiento.
TIPO
(Directo/Indirecto)

CARÁCTER
(Puntual/Acumulativo/Sinérgico)

Atmósfera y calidad del aire

D/I

A/S

COMPATIBLE

Cambio climático
Geología y geomorfología
Edafología
Hidrología
Biodiversidad
Patrimonio ambiental
Paisaje
Usos del suelo
Riesgos naturales

I
D
D
D
D
D
D
I
D

A/S
P/A/S
P/A/S
P/A/S
P/A/S
P/A/S
P/A/S
A/S
P/A/S

MODERADO
SEVERO
SEVERO
SEVERO
SEVERO
SEVERO
SEVERO
SEVERO
MODERADO

Residuos

D

P/A

COMPATIBLE

Patrimonio histórico-cultural

D

P

COMPATIBLE

Medio socioeconómico

D/I

P/A/S

FACTOR AMBIENTAL

MAGNITUD

POSITIVO

2.ª Directamente relacionado con la corrección de estos efectos negativos severos, el
nuevo punto 5 que introduce la M1POT en el artículo 54. Zonas de Protección Territorial
(Normativa y Directriz) hace alusión a la exigencia de realizar un estudio de integración
paisajístico-ambiental sobre las actuaciones autorizables en las diferentes categorías de
protección:
«5. La implantación de las actuaciones autorizables en las diferentes categorías de
protección territorial se llevará a cabo con sujeción a las limitaciones derivadas de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294120

Fuente: Matriz incluida en la pág. 227 del estudio ambiental estratégico de la Modificación núm. 1 del Plan de
Ordenación del Territorio de la Costa Tropical de Granada (Consejería de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda. Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana).