Autoridades y personal. . (2023/240-21)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de contrato predoctoral asociado al Proyecto ECO2WINE.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Lunes, 18 de diciembre de 2023

página 18952/7

Décimo tercera. Publicidad.
La presente convocatoria se publicará en la web de Euraxess.
Los beneficiarios harán constar el carácter público de la financiación de la actividad,
haciendo referencia expresa a la convocatoria y a la Universidad de Cádiz como órgano
concesionario, en las publicaciones, ponencias, actividades de difusión de resultados,
y en cualquier otra actuación que resulte de los contratos concedidos al amparo de la
presente convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294075

2. Obligaciones.
Con carácter general, tendrán las siguientes obligaciones:
a) Incorporarse a su centro de adscripción en el plazo establecido en la presente
convocatoria.
b) Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación y de
realización de la Tesis.
c) Ajustarse a las normas de funcionamiento de la Universidad de Cádiz y la Entidad
colaboradora en cuanto a dedicación, funciones a desempeñar, horarios y vacaciones.
d) Realizar su labor en el Departamento o Instituto de Investigación de adscripción y
conocer y cumplir las normas de seguridad y salud laboral del centro, en el marco de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
e) Cumplimentar los informes, formularios y demás documentos que, en relación con
el contrato, le sean requeridos por el Vicerrectorado competente.
f) Comunicar cualquier incidencia que pueda afectar a la obtención del objeto de la
misma, dentro de los diez días siguientes en que se produzcan.
g) Hacer pública la circunstancia de participar en el Proyecto ECO2WINE, financiado
por el Programa Europeo de Investigación e Innovación Horizonte Europa en las
publicaciones, ponencias y otras actividades de difusión de los resultados científicos que
se desarrollen u obtengan durante el periodo de disfrute del contrato.
h) Colaborar en las campañas de difusión de la Ciencia en el marco de las políticas
de comunicación de la Universidad de Cádiz.
i) Las demás expresamente indicadas en el Anexo I.
j) En el contrato al investigador se determinará el carácter y alcance de la confidencialidad
exigida para la realización de las tareas de investigación en las instalaciones de la Entidad.
No obstante lo anterior, y con carácter general, el investigador que en cumplimiento de su
función investigadora al amparo de su contrato tenga acceso a documentación o cualquier
otro material sometido a propiedad industrial o intelectual, estará obligado al deber de
sigilo y, en su caso de confidencialidad, en iguales términos que los trabajadores de la
Universidad de Cádiz, pudiéndose solicitar la firma por parte de la persona seleccionada de
un compromiso de confidencialidad antes de la firma del contrato.
k) En caso de renuncia al contrato, el interesado deberá comunicarla con una antelación
mínima de 15 días naturales, adjuntando la misma a través del mismo expediente de
presentación de su solicitud inicial de forma telemática. La información para realizar este
trámite se encontrará en la página web del web del Área de Investigación y Transferencia
https://ugi.uca.es/convocatoria-contrato-predoctoral-marie-curie-eco2wine/.
l) La aceptación del contrato por parte del beneficiario implica el respeto de las
normas fijadas en esta convocatoria, así como las que el Vicerrectorado de Política
Científica y Tecnológica determine, en el ámbito de sus competencias, para supervisar
y evaluar el desarrollo de su trabajo y aquellas que deriven del contrato predoctoral, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación. En cuanto a los derechos de propiedad industrial, así como los derechos de
carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual, que puedan generarse durante
todo el período como beneficiario del contrato, se estará a lo establecido en el artículo 53
y siguientes de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, y en el artículo 35
de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.