3. Otras disposiciones. . (2023/239-44)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos de contratos de personal laboral para la realización y ejecución de proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de duración determinada para el año 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18865/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por
la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación
de concursos públicos de contratos de personal laboral para la realización y
ejecución de proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de
duración determinada para el año 2024.
La Universidad de Huelva establece las bases reguladoras y el calendario de publicación
de concursos públicos de contratos de personal laboral para la realización y ejecución de
proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de duración determinada,
para el año 2024.
En las fechas indicadas en el anexo de esta resolución se publicarán las convocatorias
que sean autorizadas por la persona titular del Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia y por la Gerencia de esta Universidad, con los requisitos y condiciones
establecidos en estas bases reguladoras.
BASES REGULADORAS
1. Objeto y finalidad.
1.1. Es objeto de estas bases la regulación de las convocatorias para la selección del
personal laboral cuya contratación resulte necesaria para la realización y ejecución de
proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de duración determinada.
1.2. La finalidad de estas bases es la de regular de manera uniforme el procedimiento
de selección de las personas que se contraten con cargo a los proyectos, subvenciones,
convenios y contratos con terceros de duración determinada.

3. Contenido de las convocatorias.
3.1. Las convocatorias tendrán el siguiente contenido mínimo:
3.1.1. Especificación del carácter del contrato y de que el mismo no implica para la
Universidad de Huelva ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de la
persona interesada a su plantilla.
3.1.2. Indicación del proyecto, subvención, convenio o contrato con terceros con
cargo al cuál se oferta el contrato, así como la aplicación presupuestaria que financiará
el contrato.
3.1.3. Modalidad del contrato.
3.1.4. Funciones que debe realizar la persona que resulte adjudicataria.
3.1.5. Duración del contrato, de conformidad con la normativa que sirva de aplicación.
3.1.6. La cuantía del contrato, con la especificación de que ésta podrá sufrir las
variaciones que establezcan las normas que le sean de aplicación o por causas
sobrevenidas no previstas inicialmente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293981

2. Marco jurídico de referencia.
Las convocatorias se regirán por los principios rectores en materia de acceso al
empleo público de acuerdo con el Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, así como por las bases reguladoras establecidas en la presente resolución y
por las específicas de cada convocatoria, en el marco del Reglamento de Selección
y Contratación de Personal Laboral para la Realización y Ejecución de Proyectos,
Subvenciones, Convenios y Contratos con terceros de duración determinada de la
Universidad de Huelva.