Disposiciones generales. . (2023/239-6)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Rectora de la Universidad de Huelva, por la que se determina aplicar las medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios de contratos de obras y de servicios necesarios para la ejecución de obra pública contemplada en el Capítulo 1 del Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

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RESU ELVO
Primero. Aplicar a los contratos de obras y a los contratos de servicios necesarios
para la ejecución de obras públicas las medidas extraordinarias en materia de revisión
excepcional de precios contenidas en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de
medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera
y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva
(UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan las normas específicas
respecto de la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de
los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales
en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, modificado por el
Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en
el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de
la guerra en Ucrania, y en el Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril, por el que se aprueban
medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios en los
contratos públicos de obras en desarrollo de las medidas previstas en el Título II del Real
Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del
transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por
el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan
normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el
desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas
excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, y se
crea la marca «Corazón Andaluz» y se regula el procedimiento para su uso, de acuerdo
con los límites temporales previstos en las normas aquí citadas.
Segundo. Incluir en el ámbito subjetivo de aplicación de esta resolución aquellos
contratos suscritos por la Universidad de Huelva vigentes en el momento de entrada
en vigor del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la
sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la
cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio
de 2020, por la que se fijan las normas específicas respecto de la Directiva 96/71/CE
y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del
transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios
en los contratos públicos de obras, para el caso de que así lo soliciten los contratistas.
Tercero. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.

Huelva, 12 de diciembre de 2023.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294043

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición ante la Sra. Rectora de la Universidad de Huelva en el
plazo de un mes, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no
podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta.