Disposiciones generales. . (2023/239-6)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Rectora de la Universidad de Huelva, por la que se determina aplicar las medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios de contratos de obras y de servicios necesarios para la ejecución de obra pública contemplada en el Capítulo 1 del Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

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1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Rectora de la Universidad de
Huelva, por la que se determina aplicar las medidas extraordinarias y urgentes
en materia de revisión excepcional de precios de contratos de obras y de
servicios necesarios para la ejecución de obra pública contemplada en el
Capítulo 1 del Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril.
Resolución 29/2023, de la Rectora de la Universidad de Huelva por la que se determina
aplicar las medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de
precios de contratos de obras y de servicios necesarios para la ejecución de obra pública
contemplada en el Capítulo 1 del Decretol-ley 4/2022, de 12 de abril.

Primero. Con fecha 2 de marzo de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado
número 52 el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de
la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la
cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio
de 2020, por la que se fijan las normas específicas respecto de la Directiva 96/71/CE
y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del
transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios
en los contratos públicos de obras, modificado por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29
de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Tal y como se recoge en la parte expositiva del citado Real Decreto-ley 3/2022, de 1
de marzo, las excepcionales circunstancias sociales y económicas que ha producido
la pandemia desencadenada por el virus SARS-CoV-2 han repercutido de una manera
directa en la ejecución de determinados contratos del sector público. Tras el descenso
experimentado en 2020, los precios de las materias primas subieron con fuerza
en 2021 en el contexto de la recuperación económica. El alza extraordinaria del coste
de determinadas materias primas que resultan necesarias para la ejecución de ciertas
unidades de obra ha repercutido de manera intensa en los contratos de obras.
El contexto generado por la subida extraordinaria de los precios de las materias primas
necesarias para la ejecución de las obras ha derivado en importantes consecuencias
desfavorables para numerosos contratistas que han experimentado una imprevista
alteración en sus planteamientos económicos iniciales, por exceder de lo que puede ser
considerado e incluido en el riesgo y ventura propio de todo contrato público.
El alza de precios experimentada y el carácter imprevisto con el que se ha desenvuelto
la misma no ha posibilitado la aplicación, en gran parte de los contratos afectados, del
régimen de revisión de precios, periódica y predeterminada, que prevé el artículo 103
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/ UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Por este motivo, se
ha hecho necesaria la adopción de medidas extraordinarias que permitan la revisión de
precios en aquellos contratos cuyos pliegos no la incorporen con carácter expreso, así
como en aquellos sobre los que, aun incorporándola, no hubieran transcurrido dos años
desde su formalización o no se hubiera ejecutado el 20 por ciento de su importe, tal y
como exige, de partida, el referido precepto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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