3. Otras disposiciones. . (2023/239-40)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18853/66
realizar publicación del escrito de recurso presentado, en la práctica no supuso ningún tipo de
menoscabo de derechos e intereses legítimos de quienes pudieran ser perjudicados por la resolución que se adoptara ya que se le notificó a cada uno de los interesados la presentación del recurso en los términos previstos en el artículo 118 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre a efectos de
presentación de alegaciones, se adjunta copia de los traslados.
(…)
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
Respecto al expediente 33-2021, el Ayuntamiento no contradice el incumplimiento señalado en
el informe.
Respecto al expediente 54-2021, revisada la información aportada por el Ayuntamiento en esta
fase de alegaciones, se comprueba que no incumple con el artículo 151.1 de la LCSP, por lo que
se procede a eliminar del punto 85 del informe la referencia a este incumplimiento.
ALEGACIÓN Nº 30, AL PUNTO 87. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
87. En lo que respecta a las observaciones realizadas en los expedientes 30/2021, 13/2021 y
47/2021 comunicar que las mismas observaciones ya fueron puestos de manifiesto al órgano de
contratación en el informe conjunto de la Sra. Secretaria General y la Sra. Interventora emitidos
con ocasión de los mismos, cuyas copias se adjuntan.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
En esta alegación, la Corporación señala la aceptación de los hechos enumerados, indicando que
ya fueron puestos de manifiesto ante el órgano de contratación.
ALEGACIÓN Nº 31, AL PUNTO 88. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
88. En cuanto a la tramitación de facturas sin expediente previo de contratación, esta Corporación se compromete a adoptar las medidas necesarias para eliminar dicha práctica. Así, a través
de una adecuada planificación de las necesidades se pretende disponer del tiempo y recursos
necesarios para tramitar los oportunos expedientes de contratación de acuerdo con la normativa
vigente.
La Corporación aceptada los hechos descritos en el informe, señalando su compromiso en adoptar medidas necesarias tendentes a corregir estas prácticas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00293971
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18853/66
realizar publicación del escrito de recurso presentado, en la práctica no supuso ningún tipo de
menoscabo de derechos e intereses legítimos de quienes pudieran ser perjudicados por la resolución que se adoptara ya que se le notificó a cada uno de los interesados la presentación del recurso en los términos previstos en el artículo 118 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre a efectos de
presentación de alegaciones, se adjunta copia de los traslados.
(…)
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
Respecto al expediente 33-2021, el Ayuntamiento no contradice el incumplimiento señalado en
el informe.
Respecto al expediente 54-2021, revisada la información aportada por el Ayuntamiento en esta
fase de alegaciones, se comprueba que no incumple con el artículo 151.1 de la LCSP, por lo que
se procede a eliminar del punto 85 del informe la referencia a este incumplimiento.
ALEGACIÓN Nº 30, AL PUNTO 87. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
87. En lo que respecta a las observaciones realizadas en los expedientes 30/2021, 13/2021 y
47/2021 comunicar que las mismas observaciones ya fueron puestos de manifiesto al órgano de
contratación en el informe conjunto de la Sra. Secretaria General y la Sra. Interventora emitidos
con ocasión de los mismos, cuyas copias se adjuntan.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
En esta alegación, la Corporación señala la aceptación de los hechos enumerados, indicando que
ya fueron puestos de manifiesto ante el órgano de contratación.
ALEGACIÓN Nº 31, AL PUNTO 88. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
88. En cuanto a la tramitación de facturas sin expediente previo de contratación, esta Corporación se compromete a adoptar las medidas necesarias para eliminar dicha práctica. Así, a través
de una adecuada planificación de las necesidades se pretende disponer del tiempo y recursos
necesarios para tramitar los oportunos expedientes de contratación de acuerdo con la normativa
vigente.
La Corporación aceptada los hechos descritos en el informe, señalando su compromiso en adoptar medidas necesarias tendentes a corregir estas prácticas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00293971
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN