3. Otras disposiciones. . (2023/239-40)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18853/49
ALEGACIÓN Nº 7, AL PUNTO 42. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
42. El hecho de que no exista Plan Anual de Control Financiero ni, por tanto, informe resumen de
los resultados del control interno se debe, principalmente, a la falta de cobertura del puesto de
Interventor/a por un funcionario habilitado nacional de forma estable. En relación con ello, se ha
remitido escrito por este Ayuntamiento al Ministerio de Hacienda y Función Pública dada la exclusión del mencionado puesto en el listado de primeros destinos ofertados a las nuevas promociones de habilitados, hecho que impide que el puesto se cubra por los procedimientos adecuados,
prolongando la inestabilidad en la titularidad de la misma y, como consecuencia de ello, acrecentando los incumplimientos de la naturaleza de los puestos de manifiesto en el presente punto.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La alegación admite los hechos manifestados en el informe. Al igual que en la alegación nº 4, el
incumplimiento se justifica en la falta de un titular estable en el puesto de Intervención.
Con el fin de solventar la situación, con fecha 06/07/2023, el presidente de la Entidad ha remitido
escrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública en el que se solicita incluir el puesto de intervención del Ayuntamiento en el listado de vacantes que se ofertan a los funcionarios de la Subescala de Intervención-Tesorería.
ALEGACIÓN Nº 8, AL PUNTO 43. ALEGACIÓN PARCIALMENTE ADMITIDA
43. En relación con el informe anual de las resoluciones adoptadas por el Alcalde contrarias a los
reparos efectuados en 2021, se adjunta informe de la Intervención de remisión al Pleno de los
mismos, así como de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Entidad aporta, en el momento procedimental de las alegaciones, el informe resumen anual
que le fue requerido durante el trabajo de campo y que manifestó no haber elaborado. No obstante, no se aporta evidencia documental de su elevación al Pleno con ocasión de la dación de
cuenta de la Liquidación del Presupuesto de 2021, tal como establece el artículo 15.6 RD
424/2017.
00293971
Se expone a continuación la respuesta de la Entidad a los cuestionarios y solicitudes de documentación realizados durante el trabajo de campo:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18853/49
ALEGACIÓN Nº 7, AL PUNTO 42. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
42. El hecho de que no exista Plan Anual de Control Financiero ni, por tanto, informe resumen de
los resultados del control interno se debe, principalmente, a la falta de cobertura del puesto de
Interventor/a por un funcionario habilitado nacional de forma estable. En relación con ello, se ha
remitido escrito por este Ayuntamiento al Ministerio de Hacienda y Función Pública dada la exclusión del mencionado puesto en el listado de primeros destinos ofertados a las nuevas promociones de habilitados, hecho que impide que el puesto se cubra por los procedimientos adecuados,
prolongando la inestabilidad en la titularidad de la misma y, como consecuencia de ello, acrecentando los incumplimientos de la naturaleza de los puestos de manifiesto en el presente punto.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La alegación admite los hechos manifestados en el informe. Al igual que en la alegación nº 4, el
incumplimiento se justifica en la falta de un titular estable en el puesto de Intervención.
Con el fin de solventar la situación, con fecha 06/07/2023, el presidente de la Entidad ha remitido
escrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública en el que se solicita incluir el puesto de intervención del Ayuntamiento en el listado de vacantes que se ofertan a los funcionarios de la Subescala de Intervención-Tesorería.
ALEGACIÓN Nº 8, AL PUNTO 43. ALEGACIÓN PARCIALMENTE ADMITIDA
43. En relación con el informe anual de las resoluciones adoptadas por el Alcalde contrarias a los
reparos efectuados en 2021, se adjunta informe de la Intervención de remisión al Pleno de los
mismos, así como de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Entidad aporta, en el momento procedimental de las alegaciones, el informe resumen anual
que le fue requerido durante el trabajo de campo y que manifestó no haber elaborado. No obstante, no se aporta evidencia documental de su elevación al Pleno con ocasión de la dación de
cuenta de la Liquidación del Presupuesto de 2021, tal como establece el artículo 15.6 RD
424/2017.
00293971
Se expone a continuación la respuesta de la Entidad a los cuestionarios y solicitudes de documentación realizados durante el trabajo de campo:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja