3. Otras disposiciones. . (2023/239-39)
Orden de 7 de diciembre de 2023, por la que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito de la Consejería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18861/3

Andalucía, y 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, en relación con el Decreto 164/2022, de 9 de agosto,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. La política de seguridad TIC regulada en esta orden será de aplicación a todos
los activos y sistemas que presten servicios y traten información mediante medios
electrónicos, de los que la Consejería sea titular, tenga encomendada su gestión o
sean usados para el ejercicio de las competencias que le son propias en el ámbito de la
Administración, así como a todo el personal que tenga acceso a dichos sistemas.
2. La política de seguridad TIC resultará de obligado cumplimiento para las entidades
vinculadas o dependientes de la Consejería, de conformidad con el Decreto 1/2011, de 11
de enero, y con el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
3. Se excluyen de la presente política de seguridad los activos y sistemas de la
Administración de Justicia afectados por el Esquema Judicial de Interoperabilidad y
Seguridad (EJIS).
4. Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo con lo establecido por el artículo 10
del Decreto 1/2011, de 11 de enero, las entidades vinculadas o dependientes incluidas
en el ámbito de aplicación de esta orden deberán disponer formalmente de su propio
documento de política de seguridad TIC, así como de las disposiciones de desarrollo
que adecúen, en su caso, las directrices comunes de la Administración de la Junta de
Andalucía a sus particularidades, debiendo ser aprobado por la persona titular de cada
entidad.
5. Lo regulado en la presente orden en relación con la seguridad interior será de
aplicación tanto a la Consejería como a sus entidades vinculadas o dependientes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293978

Artículo 1. Objeto.
1. Esta orden tiene como objeto establecer la política de seguridad de las tecnologías
de la información y comunicaciones (en adelante TIC) en el ámbito de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, que se ha de aplicar para asegurar
el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y
conservación de los datos, informaciones y servicios utilizados en medios electrónicos
que gestione la Consejería en el ejercicio de sus competencias.
2. Esta orden constituye el documento de política de seguridad TIC de la Consejería,
y es de obligado cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 del
Decreto 1/2011, de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las
tecnologías de la información y comunicaciones en la Administración de la Junta de
Andalucía.
3. La presente orden también tiene como objeto establecer la organización funcional
de la seguridad interior en la Consejería, de acuerdo con lo previsto en el Decreto
171/2020, de 13 de octubre, por el que se establece la Política de Seguridad Interior en la
Administración de la Junta de Andalucía.