3. Otras disposiciones. . (2023/239-36)
Decreto 280/2023, de 13 de diciembre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el inmueble denominado Acueducto de Carcauz en Felix y Vícar (Almería).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

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III. La Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Almería, mediante
Resolución de 17 de junio de 2022 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 119, de 23 de junio de 2022), incoó procedimiento para la inscripción
en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural,
con la tipología de Monumento, del inmueble denominado Acueducto de Carcauz en
Felix y Vícar (Almería), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de
noviembre.
La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Almería emitió informe favorable a
la inscripción del referido bien en su sesión de 8 de noviembre de 2022, cumpliendo así
con lo previsto en el artículo 9.6 de la citada ley.
De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos
de información pública, mediante Resolución de 17 de junio de 2022, de la Delegación
Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Almería, por la que quedó incoado el
procedimiento, y de audiencia al Ayuntamiento de Felix y Vícar, organismos y particulares
interesados. Al no haberse podido practicar la notificación personal a la totalidad de
personas interesadas, se practicó el citado trámite de audiencia mediante Anuncio de
16 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en
Almería, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 202, de 20 de
octubre de 2023 y en el Boletín Oficial del Estado número 250, de 19 de octubre de 2023
y en el número 278, de 21 de noviembre de 2023. No consta que se hayan formulado
alegaciones.
Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 de la
Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio
Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el
inmueble denominado Acueducto de Carcauz en Felix y Vícar (Almería), que se describe
en el anexo al presente decreto.
En relación a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de
impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, procede instar el asiento de este
inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios
Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004,
de 7 de enero. Así mismo, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de
noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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para mover los molinos del paraje de Casablanca, en el que se instituyó un mayorazgo tras
la rebelión morisca y finalmente un marquesado en 1712. Es precisamente el Memorial
del Marqués de Casablanca (1804) una de las fuentes que recogen la antigüedad del
inmueble, junto con el Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus
posesiones de Ultramar de Pascual Madoz, donde al enumerar los límites de la Diócesis
de Almería hace referencia «al acueducto romano por Casablanca», aunque no ha podido
ser constatado dicho origen.
En una zona como la actual Almería, a la que el geógrafo latino Pomponio Mela
caracterizaba por la penuaria aquarum, es fundamental el conocimiento y la protección
de las estructuras de captación y distribución de agua que se han realizado a lo largo de
los siglos, constituyendo el Acueducto de Carcauz uno de los complejos hidráulicos más
antiguos y mejor conservados del sur peninsular.
Los valores que justifican la inscripción del inmueble en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz radican en su relevancia como testimonio patrimonial de la
gestión hidrológica y de los conocimientos tradicionales relacionados con la explotación
de un recurso vital que posibilitó el arraigo de la población en un territorio caracterizado por
la aridez, situado en un terreno difícil, montuoso y quebrado, conformado por un sistema
intrincado de captaciones, minas, acequias, acueductos y balsas, que secularmente ha
sido restaurado y reparado de forma insistente para continuar, aún a día de hoy, en uso.