Autoridades y personal. . (2023/238-20)
Resolución de 3 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convocan a concurso de acceso plazas de cuerpos de funcionarios docentes universitarios para personal investigador que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal u otros programas de excelencia, nacionales o internacionales y haya obtenido el Certificado I3 o el Certificado R3.
9 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Jueves, 14 de diciembre de 2023

página 18785/4

- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, debiendo acreditar tal condición.
- Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la
tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100
los que fueran de la categoría general.
La falta de abono de estos derechos determinará la exclusión del aspirante. En
ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, ante el órgano expresado en la base 3.1.
3.3. En el caso de no oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos
consignados en la solicitud, se deberá acompañar la siguiente documentación:

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora dictará una
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293893

1. Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos
para participar en el concurso de acceso.
2. Justificante de haber finalizado el Programa Ramón y Cajal u otro programa de
excelencia, nacional o internacional y haber obtenido el Certificado I3 o el Certificado R3.
3. Resguardo que justifique el pago correspondiente a los derechos de participación
en el concurso. Aquellos aspirantes que hubieran realizado el abono de estos derechos
mediante transferencia bancaria adjuntarán, inexcusablemente, el resguardo acreditativo
de haber realizado dicha transferencia.
4. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente de su
país que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo
de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado
con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el
supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes pruebas selectivas por
su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos señalados,
declaración jurada o promesa de no hallarse separados de derecho de su respectivo
cónyuge. Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al español.
Los solicitantes aportarán esta documentación en formato pdf a través de la sede
electrónica.
3.4. En el caso de oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos
consignados en la solicitud, además de la documentación requerida en el apartado
anterior deberá acompañar la siguiente documentación:
1. Fotocopia del DNI o Pasaporte.
2. Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
3. Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
4. Certificado que acredite cumplir el requisito establecido en el punto 2.1.e).
Los solicitantes deberán acompañar esta documentación en formato pdf, a través de
la sede electrónica.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión encargada de resolver el concurso.
3.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión.
3.8. Serán motivos de exclusión la falta de abono de los derechos de examen
correspondientes, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los
requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera
del plazo establecido.