Autoridades y personal. . (2023/236-31)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía (A1.2200).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

página 18710/9

Séptima. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
1. De conformidad con lo establecido en el Decreto 359/2003, de 26 de diciembre,
por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Investigación y Formación
Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, agencia de carácter
administrativo, en su redacción dada por el Decreto 240/2008, de 13 de mayo, el ingreso
en la especialidad Investigación Agraria y Pesquera del Cuerpo Superior Facultativo
(A1.2200), se llevará a cabo a través del sistema de concurso-oposición libre, con
sujeción a lo dispuesto en los Estatutos de dicho Instituto. La fase de concurso supondrá
el 44% del total del sistema selectivo y la fase de oposición el 56%.
La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 100 puntos y vendrá
determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la fase de
oposición, sin que la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda ser aplicada para
superar la de oposición.
En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; en caso de persistir el mismo, se
atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso de méritos por el mismo orden
en que aparecen regulados en esta convocatoria; y de persistir la igualdad, se atenderá
a la mayor puntuación obtenida en el tercero, segundo y primer ejercicio, por este orden.
2. En cada uno de los ejercicios de las fases de concurso y de oposición, las
personas aspirantes admitidas serán convocadas en llamamiento único, de acuerdo con
el orden de prelación y ordenación alfabética que figura en el Anexo V, siendo excluidas
del proceso selectivo quienes no comparezcan. Dicho orden de actuación se hará público
con antelación suficiente en los lugares a que se refiere el apartado 3 de la base primera.
3. La fase de concurso tiene por objeto la comprobación, evaluación y calificación de
los méritos que, referidos al día de publicación en el BOJA de la presente convocatoria,
hayan sido alegados y acreditados por las personas aspirantes y estén directamente
relacionados con el área temática y, en su caso, la orientación objeto de la plaza
convocada.
En primer lugar, la persona aspirante hará una exposición oral y pública, en el tiempo
máximo de treinta minutos, de los méritos alegados y de las actividades desarrolladas en
el ámbito científico y tecnológico. Seguidamente, la comisión de selección debatirá con
la persona aspirante durante un tiempo máximo de treinta minutos sobre el contenido de
su exposición oral, pudiendo formular todas las preguntas que considere convenientes y,
fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los trabajos de carácter científico o
tecnológico más relevantes en que haya intervenido la persona aspirante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293799

En el supuesto de que llegara a conocimiento de la comisión de selección la
circunstancia indicada en el párrafo anterior, lo pondrá en conocimiento de la Dirección
del Instituto Andaluz de Administración Pública, a los efectos indicados.
9. La comisión de selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo
un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de
lo dispuesto en el apartado 7 de la base novena.
10. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica
el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, la
comisión de selección de este proceso selectivo queda clasificada en la categoría E. Por
el Instituto Andaluz de Administración Pública se podrá establecer el número máximo de
sesiones de exposiciones orales que, en función del número de personas aspirantes, se
asigna a la comisión de selección para todo el proceso selectivo.
11. La comisión de selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la
aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.
12. La comisión de selección se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.