3. Otras disposiciones. . (2023/236-46)
Resolución de 2 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudica lote sito en el término municipal de Santaella (Córdoba), perteneciente a la zona regable del Genil-Cabra.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

página 18687/2

En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 13 del Decreto-ley 5/2010,
de 27 de julio, del Decreto-ley 6/2010, de 23 de noviembre, y de la Ley 1/2011, de 17
de febrero, dictándose la presente resolución por delegación de competencias efectuada
en virtud de la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen
competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, considerando la normativa citada así como la de general aplicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293769

La finca, que pertenece a la zona regable del Genil-Cabra, está formada por las
parcelas catastrales 53 y 54 del polígono 27 del término municipal de Santaella. Estas
parcelas son colindantes entre sí, sumando una superficie de 13,48 ha, aunque separadas
por un camino partidor que se corresponde con la parcela 9003 del polígono 27
del mismo municipio.
Se trata de un lote de tierra calma en regadío situada en el paraje denominado La
Catalineta y que forma parte de la finca registral 2.711, tomo 369 libro 59 folio 2.013 alta 6
del Registro de la Propiedad de La Rambla, que tiene una superficie de 21,4844 ha,
superficie superior a la de la finca objeto de enajenación, por lo que desde la Delegación
Territorial de Córdoba se ha solicitado la licencia de segregación del lote que nos ocupa
al Ayuntamiento de Santaella, siendo emitida ésta con fecha 17 de noviembre de 2023.
Para dicho lote, se ha recibido solicitud para el procedimiento abierto de enajenación
de tierras, bienes y derechos procedentes del extinto IARA, presentada en fecha 14 de
septiembre de 2023 por Carmen Elena Cuenca Vibóra, en representación de Cuenca
Valdivia Asesores Asociados, S.L, a la que adjunta la documentación pertinente así como
la acreditación de la constitución de fianza en fecha 13 de septiembre de 2023, por la
cantidad requerida de 18.580,40 €.
Con fecha 23 de octubre de 2023, la Delegación Territorial ha remitido Propuesta de
Resolución de adjudicación de la finca, a favor de Cuenca Valdivia Asesores Asociados,
S.L., por valor de de 371.608.00 €, de conformidad con lo establecido en el art. 13 del
Decreto 78/2021, de 2 de febrero.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 78/2021, de 2 de
febrero, relativo a las medidas de control y verificación del cumplimiento de criterios de
adjudicación, el órgano competente para la enajenación establecerá un plan de controles
y verificaciones sobre el terreno, que será publicado para su conocimiento a través del
Portal de internet específico de la Consejería competente en materia de agricultura, de
los criterios de priorización recogidos en el artículo 12.3 que se hicieran constar en la
solicitud, con el objetivo de medir su grado de cumplimiento. El apartado 4 del referido
artículo 14 establece a su vez que las condiciones determinantes de la aplicación de los
criterios de adjudicación deberán ser mantenidas durante cinco años a contar desde la
firma de la escritura pública de transmisión de la propiedad, debiendo quedar sometidas
a condición resolutoria expresa.
Así mismo, conforme al apartado 4 del artículo 21 del Decreto 78/2021, de 2 de
febrero, la enajenación, división o segregación de la tierra en el plazo de cinco años a
contar desde la firma de la escritura pública de transmisión de la propiedad, dará lugar
a la resolución de la compraventa, estableciéndose expresamente en la escritura la
condición resolutoria.
La persona titular de la Delegación Territorial tiene asignadas las competencias
en el ámbito provincial en virtud de lo establecido en el Decreto 300/2022, de 30 de
agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
en relación con el art. 13.2 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del
sector público de Andalucía y por delegación, tiene asignada la competencia para el
otorgamiento de escrituras públicas en materia patrimonial, en virtud a lo dispuesto en la
Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en
órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.