Disposiciones generales. . (2023/236-4)
Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

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Resiliencia, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y de
Consejo, de 12 de febrero de 2021.
Las inversiones objeto de ayuda no suponen ni una transferencia de recursos
estatales, ni una ventaja económica a empresa o sector, ni tienen carácter selectivo,
ni repercusiones sobre la competencia y los intercambios comerciales, por lo que
no constituyen ayudas de estado, según recoge la definición de la inversión 3 de la
Componente 5 de dicho Plan.
Conforme a la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático
del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, las presentes subvenciones se realizará el
análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés regulado por dicha orden.
La presente orden desarrolla estas ayudas comunitarias estableciendo sus bases
reguladoras, y se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia,
concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos
fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recurso públicos, en el marco del
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y del Decreto 282/2010,
de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
En todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, con carácter
supletorio, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para conceder subvenciones, previa consignación
presupuestaria para este fin, es la persona titular de la Consejería en su ámbito en virtud
del artículo 115 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Son también de aplicación el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se
adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para
la reactivación económica en Andalucía, el Decreto-ley 18/2021, de 7 de septiembre,
por el que se regula el aplazamiento y fraccionamiento especial del pago de deudas de
entidades locales y se establecen otras normas recaudatorias y la Ley 8/2018, de 8 de
octubre, de medidas frente al cambio climático.
A todo esto hay que añadir la no menos fundamental necesidad de implementar el
procedimiento electrónico en la concesión de las subvenciones para adaptarse a los
avances tecnológicos, máxime teniendo en cuenta la obligación que el artículo 14 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, y el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta
de Andalucía, imponen a los posibles destinatarios de la subvención, de relacionarse
electrónicamente con la Administración. Por ello y por las mismas razones de eficacia y
de adecuación a la normativa vigente, se implementará la tramitación electrónica en todo
el procedimiento de concesión de las ayudas.
Estas nuevas bases reguladoras se ajustan a las bases reguladoras tipo aprobadas
mediante la Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y
los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Como consecuencia de ello, no
se exige que, junto a la solicitud de la subvención, se aporte ningún otro documento.
Por un lado, y en cuanto al cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia,
establece el marco regulador por el que se rige la concesión de las ayudas en régimen
de concurrencia competitiva a para que en municipios menores de 20.000 habitantes se
puedan llevar a cabo inversiones en la digitalización de los sistemas de abastecimiento
para la mejora de la eficiencia, detección de pérdidas en redes de distribución y mejora de
la información en pequeños y medianos municipios y convoca estas ayudas de manera
que la aprobación de esta orden está justificada por razón de interés general identificando
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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