Disposiciones generales. . (2023/236-4)
Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

Boletín Oficial
ANEXO Ide
I y IIIla Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

ORGANISMO:

Hoja 21 de
página 18681/28

24

26.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Solicitud de pago y remisión de la documentación justificativa.
26.f) Modalidad de justificación:

x

26.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:

Contenido de la memoria justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gastos será el
indicado en el 27.2.a) 1ª del Texto Articulado.

x El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el
siguiente:
1º) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, es decir una memoria de
las actuaciones desarrolladas en relación con la finalidad de la ayuda y el cumplimiento de las condiciones de la
convocatoria. En esta memoria se debe incluir un apartado con la descripción de los resultados alcanzados en
términos cuantitativos y cualitativos de la recogida selectiva de las fracciones recogidas, así como una
estimación de las emisiones de gases de efecto invernadero ahorradas y toneladas de residuos que contribuirán al
logro de los objetivos en esta materia.
En la memoria se debe también adjuntar la descripción, medidas e imagen de los materiales elaborados y adquiridos
para la ejecución del proyecto y la evidencia de que los materiales han sido entregados en el plazo de ejecución
de las actuaciones.
2º) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
i. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación de la persona o
entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
ii. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
iii. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los
intereses derivados de los mismos.
iv. El importe otorgado e importe a justificar, importe total imputado a la acción (proyecto) e importe total
imputado a la subvención.
v. Relación de facturas relacionadas con la acción o proyecto: tipo de gasto, número de factura, fecha de
emisión, fecha de pago, acreditación de pago, nombre del acreedor,NIF, concepto (descripción de la factura donde
se concreten los conceptos que incluye de acuerdo con el proyecto presentado y la resolución de otorgamiento),
importe total de la factura, desglose del IVA, importe imputado a la acción (proyecto), importe imputado a la
subvención (de acuerdo con los importes y porcentajes máximos establecidos en el proyecto y en la resolución de
otorgamiento y considerando el importe sin IVA e importe con IVA)), porcentaje imputado a la subvención, importe
imputado a otra subvención, órgano concedente de la otra subvención.
Deberán presentarse las facturas escaneadas o digitalizadas vinculadas a los gastos justificados, con la
diferenciación de los costes directos y los indirectos, que deberán concretar suficientemente los conceptos
incluidos y sus características, a fin de comprobar que ajustan a los requisitos de las bases y los conceptos
subvencionados.
En el supuesto de exención del IVA se hará constar, de forma expresa y completa, la disposición legal que declara
esta exención. Hay que proceder de la misma manera en el caso de que no se practique la retención de IRPF.
vi. Otros gastos indirectos no recurrentes.

00293761

3º) Declaración de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad procedente de otros departamentos,
administraciones y entidades públicas o privadas.
4º) Relación de certificaciones en formato de declaración:
i. Certificación que las actuaciones se han llevado a cabo y se ha cumplido la finalidad para la que se concedió
la subvención.
ii. Certificación de que el importe que se justifica se ha destinado íntegramente a financiar la actuación para
la que fue concedida la subvención, que se ha llevado a cabo con cumplimiento de todas las obligaciones impuestas
a las bases reguladoras de su concesión.
iii. Certificación de que la cuantía de la aportación efectuada por la Dirección General de Recursos Hídricos,
junto con las otras fuentes específicas de financiación de la actuación, no supera su coste total.
iv. Certificación que se ha dado cumplimiento a los apartados 3 y 4 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones.
v. Certificación de que, en caso de que las actuaciones justificadas no hayan sido efectivamente pagadas,
corresponden a actuaciones efectivamente realizadas y que el anticipo recibido se destinará al pago de las
facturas justificativas relacionadas. En estos casos se deberá enviar el justificante de pago a la Dirección
General de Recursos Hídricos, en el plazo de 30 días naturales desde el momento en que se haya hecho efectivo el
pago del anticipo. El incumplimiento de esta justificación será causa de reintegro de las cantidades percibidas y
la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención y hasta la fecha
que se acuerde la procedencia del reintegro.
vi. Certificación de que todos los documentos originales justificativos de la subvención indicados están en poder
de la entidad y, en su caso, serán presentados a solicitud de la Dirección General de Recursos Hídricos.
5º) Presupuestos solicitados de conformidad con el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general
de subvenciones, en su caso.
6º) En caso de que las actuaciones sean efectuadas directamente por el beneficiario, habrá que añadir los

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja