Autoridades y personal. . (2023/235-24)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral de duración determinada a tiempo parcial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Lunes, 11 de diciembre de 2023

página 18666/3

3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán hacerlo a
través del procedimiento telemático específico y disponible en la página web del Área de
Personal https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/
Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud independiente
para cada una de ellas, acompañada de la documentación acreditativa, salvo que se trate
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293751

2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.1.2. Las personas nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán
estar en posesión del permiso de residencia y/o permiso de trabajo correspondiente para
proceder a la firma del contrato, en su caso.
2.1.3. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.5. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, la edad
máxima de jubilación forzosa.
2.1.6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, de cualquiera de
las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado,
no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso
al empleo público.
2.1.7. No estar afectado de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades. El personal incluido en el ámbito de aplicación de la citada ley, sólo
podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de puestos en el sector público
en los supuestos contemplados en dicha ley.
2.1.8. Estar en posesión del título académico que habilita para el ejercicio de la
profesión.
2.1.9. Ocupar plaza en las Unidades de Gestión Clínica Sanitaria en las que se
oferten las plazas, con dedicación a jornada completa y turno de trabajo compatible con
el horario docente. De conformidad con la cláusula Séptima del Convenio Marco entre las
Consejerías de Salud y de Educación y Ciencia y la Universidad de Cádiz, las personas
aspirantes serán personal de plantilla con plaza en propiedad en el Centro y Servicio
correspondiente. En su defecto, si no hubiese solicitantes con plaza en propiedad, de
forma subsidiaria, podrán concurrir las que no teniendo plaza en propiedad reúnan los
restantes requisitos. En caso de existir solicitantes con plaza en propiedad, siempre y
cuando supere la puntuación mínima establecida para la plaza convocada, tendrán
preferencia a la hora de ser los aspirantes propuestos sobre aquéllas que no tengan
plaza en propiedad.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.