Autoridades y personal. . (2023/235-23)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre al Cuerpo Auxiliar Administrativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, para personas con discapacidad intelectual para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 197/2023, de 27 de julio, por el sistema de concurso.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Lunes, 11 de diciembre de 2023

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Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública, dictará en un plazo máximo de dos
meses resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas
y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará
en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y las listas se expondrán en la web del
personal empleado público (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico).
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente
aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo
a la dirección web del personal empleado público (https://ws045.juntadeandalucia.es/
empleadopublico).
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en
el proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro de plazo, en cuyo caso el anterior
quedará sin efecto.
Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante
servirá como acreditación de su correcta presentación.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un determinado
periodo de tiempo, el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda,
la Administración, previa acreditación documental de la misma podrá determinar una
ampliación de los plazos no vencidos o la apertura de un nuevo plazo en aquellos
supuestos específicos que comprometan la presentación de la solicitud de participación
en el plazo máximo determinado en el apartado 5 de la presente base, por un período de
días hábiles de igual duración, al menos, al de la incidencia.
En el caso de personas aspirantes que no puedan disponer de firma digital, bien
por ser menores de edad no emancipados, bien por tener su capacidad judicialmente
complementada, formalizarán una presentación electrónica general (en adelante PEG), a
través de la persona que ostente su representación legal, en el portal oficial de la Junta
de Andalucía (https://lajunta.es/peg). Para ello, la persona candidata deberá rellenar y
firmar manualmente el formulario de participación y escanearlo. A continuación, la
persona que ostente su representación legal cumplimentará la PEG, consignando sus
datos en la sección 1, «Representante», y los de la persona aspirante en la sección 1,
«Solicitante». En la sección 2, «Destinatario», indicará como Órgano: «Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública». En la sección 3, «Expone», hará constar que
cursa la solicitud en representación de la persona solicitante, por tener su capacidad
judicialmente complementada. Por último, en la sección 4, «Solicita», manifestará la
voluntad de la persona solicitante de participar en el proceso selectivo y que la persona
representante cursa su solicitud para que sea admitida en el proceso.
Junto con el PEG, deberán adjuntarse escaneados el formulario de participación
firmado manualmente, el DNI de la persona solicitante y el documento que acredite la
representación legal o medida judicial complementaria.
7. Solo será válida la solicitud presentada digitalmente a través de la página web del
personal empleado público o exclusivamente cuando se trate de PEG en representación
de personas aspirantes que no puedan disponer por ley de firma digital, en el portal oficial
de la Junta de Andalucía.