Autoridades y personal. . (2023/235-9)
Orden de 29 de noviembre de 2023, por la que se realiza convocatoria pública de concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Número 235 - Lunes, 11 de diciembre de 2023

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o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le
acompañen o se reúnan con él, que a continuación se relacionan:
• El cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad
del vínculo matrimonial o divorcio.
• La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un
registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión
Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, y siempre
que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente
acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se
considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
• Los descendientes directos y los del cónyuge o pareja registrada, siempre que
no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o
divorcio o se haya cancelado la inscripción registral de pareja, menores de veintiún
años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo o incapaces.
• Los ascendientes directos y los del cónyuge o pareja registrada que vivan a su
cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del
vínculo matrimonial o divorcio o se haya cancelado la inscripción registral de
pareja.
• Otros familiares, distintos de los relacionados en los apartados anteriores, de
un ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre
el Espacio Económico Europeo, que cumplan los requisitos establecidos en el
artículo 2 bis del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con
carácter general, para la jubilación.
c) Pertenecer a alguno de los cuerpos que integran la función pública docente.
d) Estar en posesión del título de Doctorado, Máster Universitario, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto o título equivalente.
e) Acreditar una antigüedad mínima de ocho años como funcionario de carrera en
alguno de los cuerpos que integran la función pública docente y una experiencia docente
de igual duración.
f) No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica que sea incompatible
con el ejercicio de la inspección de educación.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la función pública.
h) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del
correspondiente nombramiento como personal funcionario de carrera del mismo cuerpo
a que se refiere esta convocatoria.
i) Haber ejercido, con evaluación positiva, al menos durante tres mandatos, el cargo
de director o directora.
2.2. Requisitos y condiciones específicas para participar por la reserva de personas
con discapacidad.
2.2.1. Quienes participen por este turno de reserva, además de reunir los requisitos
generales y específicos exigidos, deberán tener reconocida una discapacidad igual o
superior al 33%, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la inspección de
educación.
El personal aspirante que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior
al 33% por la Administración autonómica de Andalucía y se oponga a la consulta de datos
de discapacidad, a través de los sistemas de consultas proporcionados por la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía al Sistema
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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