3. Otras disposiciones. . (2023/234-57)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se determina la estructura de las áreas de funcionamiento del Rectorado y delegación de competencias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Jueves, 7 de diciembre de 2023

página 18607/5

Tercero. Avocación de competencias.
Todas las competencias que se delegan en la presente resolución podrán ser
en cualquier momento objeto de avocación por el Rector, conforme a lo previsto en el
artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, los Vicerrectores, el Gerente y la Secretaria General, en el ámbito de las
competencias que por esta resolución se delegan, podrán someter al Rector los asuntos
que por su trascendencia o peculiaridades consideren convenientes.
Cuarto. En su respectivo ámbito funcional, los Vicerrectores, el Gerente y la Secretaria
General desempeñarán los cargos, puestos o vocalías en los órganos colegiados o
entidades, para los que resulte llamado el Rector, siempre que las disposiciones legales
no lo prohíban.
En todo caso, el Rector se reserva la facultad de personarse por sí y preferentemente
en los órganos o entidades que considere oportuno, bien con carácter permanente o bien
en las sesiones que así lo exijan.
Quinto. De conformidad con el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las resoluciones administrativas que se adopten por
delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el
órgano delegante.
Sexto. En ningún caso podrán delegarse las competencias que se posean, a su vez,
por delegación contenida en la presente resolución.
Séptimo. La presente resolución deroga, de forma expresa, la Resolución de 29 de
octubre de 2019, de la Universidad de Almería, por la que se determina la estructura de las
áreas de funcionamiento del Rectorado y delegación de competencias y la Resolución de
16 de marzo de 2020, de la Universidad de Almería, por la que se modifica la Resolución
de 29 de octubre de 2019.
Octavo. La presente resolución surtirá efectos al día siguiente al de su publicación
en el Tablón Electrónico de la Universidad de Almería, debiendo también publicarse en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Noveno. Todas las denominaciones contenidas en esta resolución referidas a
órganos unipersonales se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género
masculino y femenino, según el sexo del titular que los desempeñe.

Almería, 30 de noviembre de 2023.- El Rector, José Joaquín Céspedes Lorente.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293680

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición en plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de esta resolución, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, de
las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, de conformidad con lo establecido
en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.