3. Otras disposiciones. . (2023/234-57)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se determina la estructura de las áreas de funcionamiento del Rectorado y delegación de competencias.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Jueves, 7 de diciembre de 2023

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11. Delegación del Rector para UNIgreen European University.
El Delegado del Rector para UNIgreen European University tiene asignadas las
competencias propias derivadas de la Coordinación General de la Alianza Universitaria
Europea UNIgreen.
De igual manera tendrá asociadas las competencias derivadas de la promoción y
coordinación de los proyectos europeos vinculados al Programa Erasmus+ y KA2, así
como las de cooperación entre organizaciones e instituciones, tanto en lo relativo a las
acciones centralizadas como a las descentralizadas.
12. Delegación del Rector para la Estrategia, Comunicación y Coordinación.
Corresponde al Delegado del Rector para la Estrategia, Comunicación y Coordinación
el desarrollo de las competencias en materia de planificación y dirección estratégica, en
concreto:
- La elaboración, implantación y seguimiento de la Planificación Estratégica.
- El seguimiento de los indicadores de financiación de los centros y departamentos.
De igual manera, el Delegado se ocupará de la supervisión y coordinación de la
Dirección General de Comunicación, a quien corresponden las actuaciones con medios
de comunicación, redes sociales, divulgación científica y cultural, y, en general, los
aspectos relativos a comunicación interna y externa de la Universidad.
Adicionalmente será el responsable de:
- La coordinación de las acciones conjuntas del Equipo de Gobierno.
- La planificación y gestión de los programas de emprendimiento.
- La relación con la Fundación Universidad de Almería.

14. Gerente.
El Gerente ejercerá las funciones previstas en el artículo en el artículo 50 de la Ley
Orgánica del Sistema Universitario y en el artículo 140 de los Estatutos de la Universidad
de Almería, así como la representación en el ámbito tributario ante las diferentes
Administraciones cuando la Universidad ostente la condición de sujeto obligado.
En particular, se delegan en el Gerente las funciones que el ordenamiento
jurídico atribuye al Rector en materia de contratación administrativa, especialmente la
adjudicación, modificación, interpretación y resolución de los contratos que celebre la
Universidad de Almería. Asimismo, se delegan en el Gerente las facultades relativas
a la aprobación de los expedientes de gastos y autorizaciones de pago, firmando los
documentos necesarios públicos o privados, con relación a cualquier persona o entidad
pública o privada, y la firma de documentos de giro y tráfico propios de la Universidad de
Almería. Todo lo anterior hasta el importe máximo establecido anualmente en las normas
generales de ejecución presupuestaria de esta Institución.
En materia de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, ejercerá
las siguientes competencias:
- Concesión de permisos, licencias y vacaciones del personal.
- Reconocimiento de antigüedad.
- Comisiones de Servicios por desplazamiento relacionadas con su puesto de trabajo.
- Comunicaciones de altas y bajas en la Seguridad Social.
Con carácter general, tendrá, asimismo, las competencias en materia de Acción Social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293680

13. Secretaria General.
Además de las funciones contempladas en el artículo 52 de la Ley Orgánica del
Sistema Universitario y en el artículo 136 de los Estatutos de la Universidad de Almería,
se delegan en la Secretaria General las siguientes competencias:
- Representación oficial de la Universidad ante los poderes públicos en materia
judicial y administrativa.
- Responsable del régimen jurídico y del control de la legalidad de las actuaciones de
la Universidad.
- Gestión de los convenios con otras instituciones.