Autoridades y personal. . (2023/234-34)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor/a Asociado/a.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Jueves, 7 de diciembre de 2023

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6. Desarrollo del concurso.
6.1. Los concursos serán resueltos por la Comisión de Selección de la Universidad
de Málaga, a la que corresponde, a propuesta del Consejo de Departamento
correspondiente, aprobar los criterios o factores de pertinencia que serán de aplicación
en la valoración de los méritos de los concursantes, en función de su coherencia y
correspondencia con el área de conocimiento de la plaza objeto de concurso. Estará
asistida por la correspondiente Comisión Asesora del Departamento, así como por
cualquier especialista que estime conveniente. La composición de las Comisiones puede
consultarse en la página web del Servicio de PDI:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Normativa concursos»).
En cuanto órganos de selección de personal, las Comisiones gozarán de autonomía
funcional y se hallarán facultadas para aplicar e interpretar el baremo correspondiente a
la plaza objeto de concurso, para resolver las cuestiones no previstas en las bases de la
convocatoria, así como para adoptar aquellos acuerdos necesarios para llevar a buen fin
los procesos selectivos.
6.2. Las actuaciones, régimen de acuerdos y funcionamiento interno de las Comisiones
se ajustarán a las previsiones sobre órganos colegiados establecidas en la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.3. Una vez publicada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a
cada concurso, el Presidente de la Comisión de Selección remitirá al Presidente de
la Comisión Asesora toda la documentación referida al concurso para que proceda
a la baremación de los méritos de los candidatos, de acuerdo con el Baremo para la
contratación laboral de Profesores/as Asociados/a, especificado en el Anexo II de esta
convocatoria, aplicando las especificidades (anexos específicos) aprobadas por ramas
de conocimiento y criterios o factores de pertinencia aprobados por área de conocimiento
para el baremo de Profesores/as Ayudantes Doctores/as, teniendo en cuenta las Notas
Aclaratorias para la interpretación del Baremo para la contratación laboral del PDI de la
UMA, aprobado por la Comisión de Selección en sesión del 12 de noviembre de 2013,
salvo las que se refieren al mérito preferente de estancia, documentos que pueden
consultarse en la página web del Servicio de PDI:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Normativa concursos»).
6.4. En el caso de que uno o varios méritos de los candidatos estén certificados
en idioma diferente al castellano, y la Comisión Asesora necesite su traducción para
valorarlos, deberá requerir al candidato/a o candidatos/as afectados/as para que
presenten la correspondiente traducción jurada. Para evitar dilaciones innecesarias por
este motivo, este requerimiento debe realizarse al comienzo de la baremación.
6.5. Para una adecuada valoración de los méritos, la Comisión Asesora, podrá
realizar a los concursantes cuantas entrevistas estimen oportunas y requerirles para que
justifiquen o amplíen la documentación acreditativa de los mismos, según lo establecido
en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No
presentar la documentación requerida sobre los méritos invocados en la solicitud y no
justificados adecuadamente conllevará la no baremación de esos méritos.
6.6. La Comisión Asesora podrá hacer uso de la posibilidad, prevista en el baremo de
Profesores Asociados de la Universidad de Málaga, de celebrar una entrevista cuando
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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las relaciones de admitidos y excluidos al concurso como cuantas comunicaciones y
requerimientos relacionados con el mismo se produzcan.
5.2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los interesados y producirán los
mismos efectos.