3. Otras disposiciones. . (2023/233-35)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Convenio Colectivo del Grupo VECTTOR.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023

página 40078/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Convenio
Colectivo del Grupo VECTTOR.
Visto el texto del convenio colectivo del Grupo VECTTOR, suscrito por las partes
legitimadas, en fecha 7 de agosto de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos
colectivos de trabajo,
RESU ELVO
Primero. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de noviembre de 2023.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Determinación de las partes.
1. El presente Convenio Colectivo, según establecen los artículos 83 y 87 del Estatuto
de los Trabajadores, constituye un acuerdo entre, por la parte social, los sindicatos
CC.OO. y UGT, como sindicatos más representativos a nivel autonómico de Andalucía y,
por la parte empresarial, la representación del grupo VECTTOR Ronda.
2. Ambas partes se reconocen recíprocamente como interlocutores válidos que
ostentan la legitimación requerida para suscribir el presente Convenio Colectivo con
validez y eficacia general, conforme al artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 2. Ámbito funcional y personal.
Son de aplicación las normas contenidas en este Convenio a todas las personas
trabajadoras de las empresas que forman parte del grupo VECTTOR Ronda, que cuentan
con centro de trabajo únicamente en la provincia de Sevilla, así como la mercantil
Serviautos Cenachero, S.L.U., que cuenta con centros de trabajo en las provincias de
Sevilla y Málaga, es decir, todo el personal de las empresas:
Transfer AD, S.L.
Asesoramiento y Fomento del Transporte, S.L.
Alquiler de vehículos con conductor auto Andalucía Málaga, S.L.
Serviautos Cenachero, S.L.

Artículo 3. Ámbito temporal.
La vigencia inicial de este Convenio Colectivo se extenderá desde el 1 de septiembre
del 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, independientemente de la fecha de su
publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293423

El contenido del presente Convenio Colectivo se aplicará a todo el personal que
preste sus servicios en las referidas empresas del grupo VECTOR Ronda cualesquiera
que fuesen sus cometidos, salvo las actividades y personas que se exceptúan en el
artículo 1 apartado 3 del Estatuto de los Trabajadores.