Disposiciones generales. . (2023/233-5)
Extracto de la Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca 6000 dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial para el curso escolar 2023/2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023

página 18524/2

2. De conformidad con lo recogido en el artículo 21.ter.3 del Decreto 137/2002, de 30
de abril, la cuantía de la beca será de 6.000 euros por curso académico. Dicha cuantía
se devengará a razón de 600 euros por mensualidad vencida desde septiembre de 2023
hasta junio de 2024.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 21.ter.4 del Decreto 137/2002, de
30 de abril, del importe de la Beca 6000 se deducirán las cuantías de los componentes
de compensación educativa y de residencia fuera del domicilio familiar, en su caso, de las
becas en las enseñanzas postobligatorias de la convocatoria general de becas y ayudas
al estudio del Ministerio competente en materia de educación, en el supuesto de que se
sea beneficiario de alguna de estas.
4. La concesión de las cuantías de esta beca estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias prevista en el apartado primero
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde
el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
1. La solicitud se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico
que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/.
2. Las solicitudes se presentarán, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual;
no obstante se estará a lo dispuesto en la Orden de 5 de julio de 2011.

00293593

En Sevilla, a 27 de noviembre de 2023.- La Directora General de Ordenación, Inclusión,
Participación y Evaluación Educativa, Almudena García Rosado

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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