3. Otras disposiciones. . (2023/233-38)
Decreto 276/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Transporte Metropolitano del Área del Campo de Gibraltar. Plan de Movilidad Sostenible.
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Versión Final
El Consorcio se constituye como una Entidad de Derecho Público de carácter
asociativo, sometida al Derecho administrativo, dotada de personalidad
jurídica propia, patrimonio propio, administración autónoma y capacidad
jurídica para la realización de sus fines.
El instrumento empleado para llevar a cabo la ordenación y coordinación de
•
Las determinaciones exigidas reglamentariamente.
Además, también es destacable en este marco jurídico para la “Declaración
de Interés Metropolitano”:
•
Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes
Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, “pueden tener
los transportes en el interior del ámbito metropolitano es este Plan de
la consideración de interés metropolitano las instalaciones
Transporte Metropolitano (PTM). Se trata de un documento o conjunto de
intermodales de transporte, en la medida en que sirvan a los
documentos a través de los cuales se define el sistema de transporte en el
servicios de interés metropolitano, aunque físicamente no se
ámbito metropolitano y se realizan las previsiones necesarias para su gestión
extiendan más allá de un término municipal". No se trata de
y financiación (art. 19 LOTUMVA). Estos Planes tienen vigencia indefinida y
extender la calificación de interés metropolitano a todas las
infraestructuras existentes en un ámbito metropolitano, sino de
artículo 20 de la LOTUMVA el contenido mínimo del PTM es el siguiente:
incidir únicamente en aquellas que juegan un papel significativo en
Delimitación y justificación de su ámbito.
el sistema de transporte metropolitano, y en la medida en que
•
Análisis y diagnóstico de la demanda y oferta de transporte.
jueguen dicho papel.
•
Objetivos, criterios y modelo de movilidad en el ámbito
•
En esa línea, el Artículo 12.3 indica que “Serán de interés
metropolitano.
metropolitano los servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones
Directrices de ordenación y coordinación de los servicios,
de transporte público de viajeros declarados como tales con arreglo
a lo previsto en el artículo 13 de la presente Ley”.
infraestructuras, tráfico e instalaciones de transporte dentro de su
ámbito.
•
Además, el Artículo 13 de dicha Ley indica que “Podrán declararse,
Determinaciones de ordenación y coordinación.
total o parcialmente, de interés metropolitano los servicios, tráficos,
•
Marco tarifario de los servicios de interés metropolitano.
infraestructuras e instalaciones necesarios para la constitución y
•
Justificación de la adecuación al POTA y a los Planes de Ordenación
gestión del sistema de transporte metropolitano, cuando resulten
del Territorio de ámbito subregional que le puedan afectar.
imprescindibles para la prestación coordinada de los servicios, la
•
Supuestos de revisión del Plan y determinación de modificaciones.
30
00293525
página 40092/33
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
•
Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023
•
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
además son públicos y obligatorios (art. 22.1 LOTUMVA). Conforme al
•
BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
El Consorcio se constituye como una Entidad de Derecho Público de carácter
asociativo, sometida al Derecho administrativo, dotada de personalidad
jurídica propia, patrimonio propio, administración autónoma y capacidad
jurídica para la realización de sus fines.
El instrumento empleado para llevar a cabo la ordenación y coordinación de
•
Las determinaciones exigidas reglamentariamente.
Además, también es destacable en este marco jurídico para la “Declaración
de Interés Metropolitano”:
•
Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes
Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, “pueden tener
los transportes en el interior del ámbito metropolitano es este Plan de
la consideración de interés metropolitano las instalaciones
Transporte Metropolitano (PTM). Se trata de un documento o conjunto de
intermodales de transporte, en la medida en que sirvan a los
documentos a través de los cuales se define el sistema de transporte en el
servicios de interés metropolitano, aunque físicamente no se
ámbito metropolitano y se realizan las previsiones necesarias para su gestión
extiendan más allá de un término municipal". No se trata de
y financiación (art. 19 LOTUMVA). Estos Planes tienen vigencia indefinida y
extender la calificación de interés metropolitano a todas las
infraestructuras existentes en un ámbito metropolitano, sino de
artículo 20 de la LOTUMVA el contenido mínimo del PTM es el siguiente:
incidir únicamente en aquellas que juegan un papel significativo en
Delimitación y justificación de su ámbito.
el sistema de transporte metropolitano, y en la medida en que
•
Análisis y diagnóstico de la demanda y oferta de transporte.
jueguen dicho papel.
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Objetivos, criterios y modelo de movilidad en el ámbito
•
En esa línea, el Artículo 12.3 indica que “Serán de interés
metropolitano.
metropolitano los servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones
Directrices de ordenación y coordinación de los servicios,
de transporte público de viajeros declarados como tales con arreglo
a lo previsto en el artículo 13 de la presente Ley”.
infraestructuras, tráfico e instalaciones de transporte dentro de su
ámbito.
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Además, el Artículo 13 de dicha Ley indica que “Podrán declararse,
Determinaciones de ordenación y coordinación.
total o parcialmente, de interés metropolitano los servicios, tráficos,
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Marco tarifario de los servicios de interés metropolitano.
infraestructuras e instalaciones necesarios para la constitución y
•
Justificación de la adecuación al POTA y a los Planes de Ordenación
gestión del sistema de transporte metropolitano, cuando resulten
del Territorio de ámbito subregional que le puedan afectar.
imprescindibles para la prestación coordinada de los servicios, la
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Supuestos de revisión del Plan y determinación de modificaciones.
30
00293525
página 40092/33
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Número 233 - Martes, 5 de diciembre de 2023
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
además son públicos y obligatorios (art. 22.1 LOTUMVA). Conforme al
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BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X