Autoridades y personal. . (2023/232-31)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se deja sin efectos la Resolución Rectoral de 21 de noviembre de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Doctores que hayan obtenido certificado I3 (publicada en BOJA núm. 226, de 24 de noviembre, Sección 2.2., pp. 18010/1-18010/2), y se ordena la publicación de nueva convocatoria para la adjudicación de contratos de Profesores Contratados Doctores para personal investigador que haya obtenido el certificado I3.
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Número 232 - Lunes, 4 de diciembre de 2023

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2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por las/os aspirantes deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.1. Requisitos de carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado.
Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional u organismo que tuviera reconocida
dicha competencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán
estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento
dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/1984, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades.
f) Las/os aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones, pudiendo ser
requerido para que lo acredite de forma fehaciente.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
2.2. Requisitos específicos.
a) Estar en posesión del título de Doctor. Cuando el título haya sido obtenido en
el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional u organismo que tuviera reconocida dicha competencia. En caso de
candidatas/os con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la
homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la
profesión de Profesor de Universidad.
b) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional
de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ANECA, o de la Dirección de Evaluación
y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, DEVA (Agencia Andaluza de
Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, actualmente ACCUA) para la figura
de Profesor Contratado Doctor.
c) Haber obtenido el Certificado I3.
d) En virtud a la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las
Personas con Discapacidad en Andalucía, según artículo 28 de Empleo Público, para la
cuota de reserva de los puestos de trabajo para personas con discapacidad, se tendrá
que acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Se considera mérito preferente para todas las plazas objeto de concurso estar
habilitado o acreditado para participar en los concursos de acceso a Cuerpos Docentes
Universitarios en el Área de Conocimiento al que se halle adscrita (art. 48.3 de la LOU).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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