Autoridades y personal. . (2023/232-29)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, especialidades y opciones de la Administración General de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 197/2023, de 27 de julio, por el sistema de concurso.
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Número 232 - Lunes, 4 de diciembre de 2023

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1.3. Si resultara necesario, la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública podrá realizar una oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas
con discapacidad. En este supuesto, las personas aspirantes con discapacidad podrán
optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre
las plazas ofertadas en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de
personas con discapacidad.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo cinco días hábiles a contar
desde la fecha de publicación de la resolución por la que se realiza la oferta de vacantes
para presentar la petición de destino, la vista de las vacantes ofertadas y la documentación
que se detalla en el apartado 4 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona
titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública. Cuando las
circunstancias del proceso selectivo lo permitan y, a fin de favorecer la celeridad en su
gestión, el trámite de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva
y petición de destinos, podrá sustituirse por un acto único mediante comparecencias
de las personas seleccionadas, bien presenciales, bien telemáticas, incluyendo las
audioconferencias y las videoconferencias, garantizando en todas ellas la verificación de
la identidad de las personas que participen en dicho acto único.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, la presentación de las peticiones
de destino se realizará de manera exclusivamente electrónica, conforme a lo dispuesto
en el Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, a través del Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía, al que se podrá acceder desde la web del empleado público
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico), conforme al procedimiento que se
detallará en la resolución citada en el apartado 1 de la presente base.
4. La petición de destinos, conforme al modelo que se incluya en la publicación en
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de la resolución de oferta de vacantes citada
en el apartado 1 de esta base, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia
del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional en el caso de títulos Universitarios oficiales. Asimismo se podrá adjuntar copia
electrónica auténtica de la certificación supletoria provisional que dispone el artículo 14.2
del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios
oficiales.
b) Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal
funcionario del cuerpo convocado, conforme al modelo que se incluya en la publicación
en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de la resolución de oferta de vacantes.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
c) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas habituales del cuerpo, especialidad u opción.
En el supuesto de que la persona a nombrar se encuentre desempeñando un puesto
de trabajo propio del cuerpo, especialidad u opción, en los que se vaya a realizar el
nombramiento como personal funcionario de carrera, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales del cuerpo, especialidad u opción, de
conformidad con el modelo que se adjunta como anexo en la Instrucción núm. 3/2022, de
la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública relativa a la acreditación
de la capacitación funcional en la selección del personal empleado público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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