3. Otras disposiciones. . (2023/232-60)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 232 - Lunes, 4 de diciembre de 2023

página 18436/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del
Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía y se dispone su
inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
Vista la solicitud presentada ante la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, resultan los siguientes
A NTECEDENTES
Primero. Con fecha 17 de enero de 2023 tuvo entrada en el Registro General de
la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, solicitud del Colegio
Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía para la aprobación de la modificación
de sus vigentes Estatutos. Se comunicaba igualmente que la modificación estatutaria
había sido aprobada por la Junta General Extraordinaria de la corporación celebrada
el 18 de noviembre de 2022.
Segundo. Con fecha 8 de mayo de 2023 se formuló por la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, órgano instructor del procedimiento, un requerimiento de subsanación
indicando los defectos apreciados y solicitando la aportación de determinada documentación.
No habiéndose recibido respuesta, mediante Orden de 26 de septiembre de 2023 se declaró
la caducidad del procedimiento de aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos
del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía.
Tercero. Con fecha 15 de noviembre de 2023, don José María Capitán Gutiérrez, en
su calidad de Decano del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Andalucía,
remite nuevamente los estatutos de la referida corporación a fin de que se proceda a la
aprobación definitiva de los mismos por la Consejería de Justicia, Administración Local
y Función Pública. En la solicitud se indica que los estatutos fueron aprobados en la
Asamblea General de 25 de septiembre de 2023 y a la misma se acompaña el informe
del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Los Colegios Profesionales se rigen en Andalucía por la Ley 10/2003, de 6
de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía y el Reglamento de
Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre.
En todo lo no previsto en la normativa citada, es de aplicación, en lo que proceda, la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293498

Primero. El artículo 79.3.b) del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que
corresponde a la Comunidad Autónoma, en lo no afectado por el artículo 149.1.18.ª de
la Constitución Española, la competencia exclusiva sobre los colegios profesionales y
el ejercicio de las profesiones tituladas de acuerdo con el artículo 36 de la Constitución
Española y con la legislación básica del Estado, que en esta materia se encuentra
recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.