3. Otras disposiciones. . (2023/232-38)
Orden de 27 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Lunes, 4 de diciembre de 2023

página 40075/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece en su artículo 3 las competencias de la Consejería de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos, estructurándose para el ejercicio de las mismas en los órganos
directivos que se recogen en el Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la citada Consejería.
En configuraciones anteriores de la Consejería, razones de eficacia y agilidad en la
tramitación y resolución de los procedimientos administrativos, exigibles en la actuación
de los órganos en consonancia con criterios de buena administración, hicieron necesario
delegar el ejercicio de diversas competencias de la persona titular de la Consejería a
través de varias órdenes.
La coexistencia en la actualidad de diversas órdenes de delegación de competencias
puede dificultar la gestión ordinaria de tareas, por lo que es aconsejable unificar en una
orden las delegaciones realizadas en órganos directivos centrales y periféricos, así como
en las entidades adscritas, procediendo a completar su contenido y a adaptarlo a la nueva
estructura de la Consejería.
Como novedades más relevantes respecto de la Orden de 20 de noviembre de 2018,
por la que se delegan y se atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería
y de sus entidades instrumentales, en la presente orden se ha dedicado un artículo
específico a la delegación de competencias relativas a los encargos a medios propios
personificados a que se refiere el artículo 53 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Asimismo, junto a la figura de los convenios, se recoge la delegación relativa a los
protocolos generales de actuación en materias de la competencia de la Consejería.
Por otro lado, se viene a recoger expresamente, sin que implique la asunción de
nuevas funciones, el apoyo técnico que la Secretaría General Técnica viene prestando
con carácter general a los órganos directivos centrales de la Consejería en actuaciones
de trámite en procedimientos de gestión de personal, responsabilidad patrimonial,
contratación, convenios y protocolos generales de actuación, encargos a medios propios
y gestión presupuestaria y del gasto, entre otros.
Teniendo en consideración que en el momento de aprobación de esta orden no se
encuentran en vigor la mayor parte de las disposiciones de la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía, y, en especial, que la aplicación de parte de su
regulación se encuentra pendiente de desarrollo reglamentario, se ha optado por delegar
las competencias correspondientes a las materias contempladas en la Ley 6/1985, de 28
de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en su
normativa complementaria, en la medida que las mismas continúan vigentes conforme a
la disposición derogatoria única y a la disposición final quinta de la Ley 5/2023, de 7 de
junio.
Por último, en adecuación al Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se
modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, se incluye en esta
orden la delegación de competencias en las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas,
dejando sin efecto la Orden de 19 de enero de 2023, por la que se delegan competencias
en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 27 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en
órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales.