3. Otras disposiciones. . (2023/231-31)
Resolución Rectoral de 28 de noviembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas al alumnado de las Enseñanzas de Formación Permanente.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Viernes, 1 de diciembre de 2023

página 18363/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución Rectoral de 28 de noviembre de 2023, de la Universidad de Huelva,
por la que se aprueban las bases reguladoras de becas al alumnado de las
Enseñanzas de Formación Permanente.
BASES REGULADORAS DE BECAS AL ALUMNADO DE LAS ENSEÑANZAS
DE FORMACIÓN PERMANENTE
PREÁMBULO
El principio de autonomía universitaria tiene su origen en la Constitución Española, fuente
de la que emanan el resto de las normas. Su artículo 27.10 establece que se reconoce
la autonomía de las universidades, en los términos que establezca la ley. La autonomía
universitaria se desarrolla en el art. 54 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, por el que las Universidades públicas tendrán autonomía
económica y financiera.
Dentro de esta autonomía, parte del presupuesto que tiene la Universidad de Huelva,
se destina todos los años a apoyar económicamente la formación académica de los
estudiantes con la aprobación previa del Consejo de Gobierno de la Universidad.
Con objeto de procurar un modelo eficiente de gestión que cubra las necesidades
individuales del estudiantado de la Universidad de Huelva, todo ello en consonancia con
los principios de buena regulación de las Administraciones Públicas que establece el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se establecen las presentes bases reguladoras y la
aprobación de la convocatoria de becas al alumnado de las enseñanzas de formación
permanente.
El presupuesto de la Universidad de Huelva recogerá anualmente las partidas
presupuestarias que se prevean destinar para becas al estudiantado, teniendo en cuenta la
planificación aprobada en el Plan propio o Plan estratégico de Subvenciones para cada curso.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de las
Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Huelva para el ejercicio 2023,
resuelvo aprobar:
Las bases reguladoras para la concesión de becas al alumnado de las Enseñanzas
de Formación Permanente.

Artículo 2. Requisitos.
Podrán solicitar estas becas el estudiantado matriculado en la Universidad de Huelva
en el año académico establecido en cada convocatoria específica dentro de los estudios
no oficiales de las Enseñanzas de Formación Permanente, y que estén organizados y
gestionados por el Servicio de Títulos Propios de la Universidad de Huelva.
Quedan excluidas de las becas reguladas en las presentes bases aquellas personas
que hayan sido anteriormente beneficiarias de otro Título Propio y/o Actividad Formativa
Específica de igual o superior categoría.
El cumplimiento de los requisitos exigidos deberá mantenerse durante el curso académico
de recepción de la ayuda. En caso contrario, se iniciará el procedimiento de reintegro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293421

Artículo 1. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las becas
para estudiantes de Enseñanzas de Formación Permanente de la Universidad de Huelva
que promuevan la mejora de las condiciones formativas del estudiantado.