Disposiciones generales. . (2023/231-2)
Orden de 27 de noviembre de 2023, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se desarrolla el procedimiento de calificación, inscripción, modificación de datos registrales y descalificación de los centros especiales de empleo y la organización y funcionamiento del Registro Andaluz de Centros Especiales de Empleo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Viernes, 1 de diciembre de 2023

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ANEXO II

4. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA PARA LA CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CENTROS
ESPECIALES DE EMPLEO DE ANDALUCÍA DE UNA NUEVA ENTIDAD COMO CEE (original o copia autenticada si es presencial) (Continuación)

• Memoria comprensiva inicial, que en todo caso, deberá contener los siguientes extremos:

- 1.º Antecedentes de la entidad solicitante.
- 2.º Situación actual de la misma, desde el punto de vista jurídico, social, económico y financiero, con especial referencia a sus características de orden personal y material.
- 3.º Actividades que desarrolla o pretende desarrollar, indicando los resultados que aspire obtener y su rentabilidad
- 4.º Estudio económico sobre la viabilidad técnica y financiera del proyecto empresarial detallando los aspectos técnicos de producción y comercialización, así como el plan de inversiones, y financiación en orden al cumplimiento de sus fines. De
referirse la solicitud a varios centros de trabajo, los aspectos anteriores deberán reflejarse desglosados por centros de trabajo.
- 5.º Relación detallada del centro o centros de trabajo de la entidad, concretando los inmuebles, terrenos o locales y su ubicación,
donde se desarrollan o van a desarrollar las actividades, aportando para ello planos del local, distribución del personal y
medios materiales o infraestructuras con las que va a contar para desarrollar su actividad.
- 6.º Previsión de la plantilla con la que va a contar el Centro Especial de Empleo.
- 7.º Previsión del personal técnico y de apoyo que como integrantes de la Unidades de Apoyo van a prestan los servicios de ajuste
personal y social.
- 8.º Descripción detallada del Plan de medidas de ajuste personal y social que el Centro Especial de Empleo proyecta ofrecer a sus
trabajadores con discapacidad en cada una de las provincias en las que solicite la calificación.
• Si en el momento de presentar la solicitud, la entidad ya contara con personal en su plantilla, además de la consulta de los datos a
que se refiere el apartado 1.f), deberá aportar, junto con la documentación anterior, la siguiente:
- a) Relación nominal de las personas trabajadoras del centro, tanto con discapacidad como sin discapacidad aportando en el caso
de las personas trabajadoras con discapacidad la documentación acreditativa de la misma. Asimismo, se entregará la información desagregada por sexo según su categoría profesional.
- b) Relación nominal de las personas trabajadoras del centro, tanto con discapacidad como sin discapacidad. Asimismo, se
entregará la información desagregada por sexo según su categoría profesional.
- c) Relación del personal técnico y de apoyo que prestan los servicios de ajuste personal y social, integrantes de las Unidades de
Apoyo, y los contratos de trabajo suscritos por los mismos, en cada una de las provincias en las que solicita la calificación. Asimismo, se entregará la información desagregada por sexo según su categoría profesional.
• En el supuesto de que la entidad solicitante no hubiese iniciado la actividad, habrá de incorporar los compromisos a que hacen
referencia el artículo 6.3. de la Orden por el que se regula el citado formulario.

5. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA ACREDITATIVA PARA LA CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO DE CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE ANDALUCÍA COMO CEE DE INICIATIVA SOCIAL
(original o copia autenticada si es presencial)

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00293424

006696/A02

1. Acreditación de la personalidad jurídica y el carácter social del CEE:
a) En el caso de CEEs promovidos y participados en más de un 50%, directa o indirectamente, por una o varias entidades, ya sean
públicas o privadas, que no tengan ánimo de lucro o que tengan reconocido su carácter social en sus Estatutos, ya sean asociaciones, fundaciones, cooperativas de iniciativa social, corporaciones de derecho público u otras entidades de la economía social, deberán presentar:
a.1.) Acreditación de su personalidad jurídica mediante escritura de constitución y, en su caso, acreditación de su inscripción en
el registro correspondiente, en el caso de entidades cuya forma jurídica evidencie la falta de ánimo de lucro (asociaciones,
fundaciones, cooperativas de iniciativa social…).
a.2.) Estatutos de la entidad en los que se especifique el carácter social de la misma, en el resto de de casos (corporaciones de
derecho público u otras entidades de la economía social).
b) En el caso de CEEs cuya titularidad corresponde a sociedades mercantiles en las que la mayoría de su capital social sea propiedad de las entidades señaladas anteriormente, ya sea de forma directa o bien indirecta a través del concepto de sociedad dominante sea una de las entidades mencionadas en el apartado anterior.
b.1.) Acreditación, mediante el libro de registro correspondiente, de pertenecer la sociedad a un grupo social en el que la sociedad dominante sea una de las sociedades mencionadas en el apartado anterior.
b.2.) Acreditación, mediante el libro de registro correspondiente, de pertenecer la sociedad a un grupo social en el que la sociedad dominante sea una de las sociedades enumeradas en el apartado anterior.
b.3.) Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad sin ánimo de lucro de más del 50% del CEE, mediante escritura de
constitución y, en su caso, acreditación de su inscripción en el registro correspondiente.

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