Autoridades y personal. . (2023/230-27)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral de los grupos I, II y III.
28 páginas totales
Página
Número 230 - Jueves, 30 de noviembre de 2023

página 18351/3

La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad (C/
Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071 Huelva), en el Registro General
Auxiliar (Campus del Carmen), a través del Registro Telemático de la Universidad de
Huelva o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se presentará
una única solicitud por aspirante, acompañada de la documentación acreditativa de los
méritos que quieran hacer valer.
Las personas interesadas seleccionarán en dicha solicitud la fase del proceso
selectivo a la que quieran optar, teniendo en cuenta que el sistema de turno libre
únicamente se desarrollará en el caso de quedar vacante la plaza ofertada mediante el
sistema de promoción interna. En el caso de optar por ambas fases (promoción interna
y turno libre), deberá presentar dos solicitudes, una para cada fase, y abonar el importe
correspondiente a cada una de ellas.
En el caso de que se oferten plazas de diferente categoría, las personas interesadas
que opten por participar en más de una categoría, deberán presentar una solicitud de
participación por cada una ellas, acompañadas de la documentación acreditativa de los
méritos que quieran hacer valer.
3.2. Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior
al 33%, que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo en el apartado
correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo
y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria.
Para justificarlo, se deberá adjuntar a la solicitud certificado, en vigor y actualizado,
acreditativo del grado reconocido de discapacidad del órgano que corresponda e informe
del Centro de Valoración correspondiente en el que consten las adaptaciones de tiempo y
medios para la realización de los ejercicios objeto de esta convocatoria, en su caso.
3.3. Los derechos de examen serán los especificados en el Anexo I de estas bases y
se ingresarán dentro del plazo de presentación de solicitudes en la cuenta bancaria con
IBAN ES49-0049-4960-4423-1610-8758, de la entidad Banco Santander, a nombre de la
Universidad de Huelva, indicando «código del proceso selectivo y nombre de la persona
aspirante».
En el supuesto de que las personas aspirantes deseen participar en más de una las
plazas ofertadas y éstas sean de diferente categoría, abonarán el importe de los derechos
de examen correspondiente a cada una de las plazas/categorías ofertadas para las que
presente solicitud de participación.
La falta de pago de los derechos de examen durante el plazo de presentación de
solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de las personas aspirantes.
En ningún caso, el pago en la entidad bancaria de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano
expresado en la base 3.1.
Quedan exentos del abono de la tasa de derecho a las pruebas selectivas los
siguientes colectivos:
- Las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o
superior al 33%, conforme a lo dispuesto en el art. 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo,
que deberán aportar certificado, en vigor y actualizado, acreditativo de tal condición y del
grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.
- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, que deberán aportar resolución
administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
- Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero, y Ley
13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la
Violencia de Género, que deberán aportar la resolución judicial otorgando la orden de
protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293394

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía