3. Otras disposiciones. . (2023/230-38)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se dispone la Revisión de las Normas Subsidiarias de Ojén (Málaga), junto a su normativa y fichas urbanísticas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Jueves, 30 de noviembre de 2023

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2. Son circunstancias con arreglo a las cuales procederá la revisión de este documento,
las siguientes:
a) Al aprobarse un Plan Director Territorial de Coordinación o un Plan de Ordenación
Territorial, que afecte al término municipal de Ojén y en la medida en que las normas
resulten alteradas por éstos.
b) La aparición de circunstancias sobrevenidas, no previstas por este documento, de
carácter demográfico, económico o infraestructural, que incidan sustancialmente sobre la
ordenación.
c) Cuando no se hubieran ejecutado en plazo aquellos elementos fundamentales de
los servicios e infraestructuras básicas condicionantes de la ordenación del territorio, y
en consecuencia, se dificulten o imposibiliten la consecución de sus objetivos.
d) Por el agotamiento de su capacidad reguladora del proceso de desarrollo urbano.
Art. 1.1.5. La modificación de las previsiones del documento de las normas.
En cualquier momento se podrán alterar las determinaciones y elementos de las
normas. Esta alteración que revestirá la forma de modificación de elementos, se sujetará
a las mismas disposiciones que regulan la tramitación y aprobación de este documento.
Cuando la modificación tienda a incrementar el volumen edificable de una zona, se
requerirá para aprobarla, la previsión de mayores estándares de equipamientos y áreas
libres en proporción al aumento de la densidad de población.
La modificación de elementos encuentra como límite último de su capacidad de
reforma la necesidad de mantener la coherencia de las previsiones y la ordenación. A
tal efecto el proyecto de modificación deberá justificar expresamente la necesidad de la
reforma propuesta, así como el mantenimiento de la coherencia interna de las previsiones
y elementos fundamentales de la estructura general de este documento que se modifica.
Art. 1.1.6. Criterios de interpretación de la normativa.
La normativa se interpretará en razón a su contenido y con sujeción a los objetivos y
finalidad del mismo expresados en la memoria, según el sentido propio de las palabras en
relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, así como la realidad
social del momento en que han de ser aplicados, atendiendo al espíritu y finalidad de
aquellas.
En los casos de duda o imprecisión prevalecerá la solución más favorable a la menor
edificabilidad y a la mayor dotación de equipamiento comunitario.
De existir discrepancia entre los diferentes documentos que integran el documento se
concederá mayor validez a los documentos escritos que a los planos.
Los datos relativos a las superficies de las Unidades de Ejecución en suelo urbano,
sectores de suelo apto para urbanizar, son aproximativos, teniendo en consideración que
obedecen a una medición realizada sobre una base cartográfica a escala 1/5.000. En
el supuesto de no coincidencia de dicha medición con la real del terreno comprendido
dentro de los ámbitos referidos, el instrumento de planeamiento que se formule en esos
ámbitos para el desarrollo pormenorizado de las previsiones de este documento podrá
corregir el dato de la superficie, aumentándolo o disminuyéndolo mediante documentación
justificativa (básicamente planos topográficos oficiales) a la que se aplicará el índice de
edificabilidad definido en la ficha de características correspondiente.
Art. 1.1.7. Código de identificación de planos.
Los planos que integran este documento son los que a continuación se expresan, con
el título y código de identificación que igualmente se especifica.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

ESCALA
(1/25.000)
(1/25.000)
(1/25.000)
(1/25.000)

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293198

PLANO
TITULO
INFORMACIÓN
1.I.
Situación y emplazamiento
2.I.
Delimitación del Término Municipal
3.I.
Vegetación
4.I.
Hidrología