Autoridades y personal. . (2023/230-28)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso-oposición público para la adjudicación de plazas de Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
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Número 230 - Jueves, 30 de noviembre de 2023

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entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin que pueda plantearse solicitud
de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
A la vista de las propuestas de adaptación efectuadas, el Rector o persona en quien
delegue, determinará las medidas de adaptación a las necesidades de las personas con
discapacidad que hayan sido admitidas al concurso y así lo hayan solicitado.
En el caso de que la titulación de Doctor/a o las titulaciones establecidas como
preferentes en esta convocatoria hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá
acompañarse credencial que acredite su homologación o certificación de equivalencia
a titulación y nivel académico universitario oficial en España, o el reconocimiento
profesional del título para poder ejercer como profesor/a de universidad, conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.
La no aportación de la documentación referida en los apartados a), b), c), d) y
en su caso e) y f), en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación
concedido al efecto, determinará la exclusión automática de la persona solicitante en
este procedimiento. A su vez, la presentación y el pago en el banco de los derechos
mencionados en el apartado c) no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la instancia de participación.
La no presentación de la documentación señalada, en los apartados g), h), i) y j) o su
presentación fuera del plazo establecido, no supondrá la exclusión del concurso, pero
podrá conllevar su no consideración por parte de la Comisión.
La documentación acreditativa de los méritos relacionados en la solicitud deberá
estar debidamente ordenada y numerada atendiendo a los apartados del baremo. Se
podrá excluir a los/as candidatos/as que no presenten la documentación de acuerdo con
la indicación anterior.
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de las listas
definitivas de admitidos y excluidos, las personas candidatas deberán aportar un
Proyecto Docente y un Proyecto Investigador, acorde con el perfil docente e investigador,
respectivamente, de la plaza que aparece en el Anexo I de esta convocatoria. Ambos
proyectos deberán presentarse de forma telemática por el Registro Electrónico Común.
En el supuesto de no presentarlo en el plazo indicado se considerará que la persona
candidata no ha superado el primer ejercicio de la fase de oposición.
El proyecto docente deberá ser acorde con las guías docentes de cada una de las
asignaturas del perfil docente de la plaza. En aquellos casos en el que no se proponga
un perfil docente específico o conste «Propio del área», el mismo versará sobre alguna
de las asignaturas adscritas al área de conocimiento por la que se convoque la plaza,
elegida por la persona candidata.
El proyecto docente debe contemplar la guía docente vigente de la asignatura. En
la valoración del proyecto docente del primer ejercicio de la fase de oposición, solo se
tendrán en cuenta los siguientes principios:
1. El conocimiento y el dominio de la materia y la calidad docente mostrada en la
exposición.
2. El dominio y rigor durante el debate con la comisión.
3. El grado de autoría y originalidad del Proyecto Docente.
Estos principios se evaluarán siguiendo los siguientes criterios de evaluación:
1. 
Contextualización del Proyecto Docente en el marco de la materia, módulo y
titulación.
2. A
 decuación de los contenidos teóricos y prácticos del Proyecto Docente al perfil de
la plaza.
3. Descripción y desarrollo de las competencias generales y específicas del perfil de
la plaza.
4. D
 escripción de las actividades presenciales y no presenciales.
5. 
Presentación de la bibliografía básica y complementaria, convenientemente
actualizada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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