3. Otras disposiciones. . (2023/230-41)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada Cañada Real de Córdoba a Huelva, en el tramo primero hasta la ribera de Huelva, en el término municipal de Guillena, provincia de Sevilla.
7 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Jueves, 30 de noviembre de 2023

página 18306/5

Y además, respecto de los terrenos que nunca accedieron al registro, constituye también
título suficiente para su inmatriculación a favor de la Comunidad Autónoma.
c) Como consecuencia de la consideración de las vías pecuarias como bienes de
dominio público desde el acto de clasificación, y su carácter inalienable, imprescriptible
e inembargable, no basta por tanto, la mera invocación de un título de propiedad o la
existencia de inscripción registral de una finca para negar la existencia de la vía pecuaria
y su condición de bien de dominio público.
Finalmente, quienes pudiesen considerar vulnerados sus derechos por el deslinde
aprobado por la Administración, podrán interponer cuantas acciones civiles estimen
pertinentes en defensa su defensa.
Por lo que la declaración de propiedad de la superficie de terreno pretendida sólo
puede ser efectuada por la jurisdicción del orden civil como consecuencia de la acción
civil conforme a lo establecido en los artículos 8.6 de la Ley de Vías Pecuarias 3/1995,
de 23 de marzo y 3.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación
aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias
y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.
Vista, la propuesta favorable de deslinde formulada por la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible en Almería, de 8 de agosto de 2023.
RESU ELVO

Descripción registral:
Finca rústica en el término municipal de Guillena, provincia de Sevilla, de forma
más o menos rectangular y alargada con una dirección predominante de Este a Oeste y
una anchura de 75 metros, la longitud deslindada es de 1.530,02 metros y la superficie
deslindada de 114.754,15 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como «Cañada
Real de Córdoba a Huelva», tramo primero, desde la carretera A-460 hasta la Rivera de
Huelva, en el término municipal de Guillena, que linda:
- En su inicio (noreste): Linda con el tramo anterior de esta Vía Pecuaria Cañada Real
de Córdoba a Huelva en el término municipal de Guillena y con las parcelas catastrales
41049A00500020, 41049A00509008, 41049A00509014 (Carretera Torre de la Reina) y
41049A00500258.
- En su margen derecha (norte): Linda con las parcelas catastrales: 41049A00500020,
41049A00500238, 41049A00500237, 41049A00500019, 41049A00500018, 41049A00509010,
41049A00500294, 41049A00500257, 41049A00500015, 41049A00500014, 41049A00500012,
41049A00500011, 0021012QB6600A, 41049A00500008, 41049A00509009 (vía pecuaria
Vereda de Sevilla a Guillena), 41049A00500007, la Rivera de Huelva con las parcelas
catastrales 41049A00509007 y 41049A01309004 y por último con terreno no catastrado del
Núcleo Urbano de Guillena (parcela 41049A01309000).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293346

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de Córdoba a
Huelva», en el tramo primero, desde la carretera A-460 hasta la Rivera de Huelva, en el
término municipal de Guillena, provincia de Sevilla, en función de la descripción y de la
relación de coordenadas UTM (ETRS 1989 HUSO 30) que a continuación se detallan:
Longitud deslindada: 1.530,02 metros Anchura legal: 75 metros.