3. Otras disposiciones. . (2023/228-30)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Delegada Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado inmigrante, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, curso 2023/2024, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 27 de junio de 2023 (BOJA núm. 126, de 4.7.2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

página 18138/5

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIERRA DE CÁDIZ (CIF:P1100011D):
* Finalidad:
- Atención directa a niños/as y familias, donde se hayan detectado problemas de
absentismo escolar temporero por recogida de cosechas en la Sierra de Cádiz, con los
objetivos de lograr la permanencia de ese alumnado, perteneciente a familias dedicadas
a tareas laborales de temporada agrícola o a profesiones itinerantes, en las localidades y
centros docentes de origen durante todo el curso escolar, así como de prevenir, controlar
y realizar un seguimiento del absentismo escolar, en colaboración con los centros
docentes, para garantizar el cumplimiento de la escolarización obligatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293191

Basándonos en la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
(Decreto Legislativo 1/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de dicha ley: BOJA núm. 53, de 18.3.2010; y BOE, núm. 79, de 1.4.2010) y, según las
Instrucciones dadas por la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y
Convivencia Escolar, las cantidades pagadas deben cumplir el 50% correspondiente a la
anualidad de 2022 y el 50% correspondiente a la anualidad de 2023.
2. Denegar la ayuda, por no cumplir los requisitos establecidos en la Bases
Reguladoras, a las Entidades Locales relacionadas en el Anexo II adjunto.
3. Relacionar en el Anexo III las entidades locales que desisten de su solicitud.
4. De acuerdo con lo recogido en la orden citada, las entidades que figuran en el
Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos actividades que tendrán como objeto la
consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del
absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les
ha concedido una subvención, que figura como presupuesto aceptado en el citado anexo
y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las
Bases Reguladoras para esta línea de subvención: Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA
núm. 95, de 17.5.2011):
- Permanencia del alumnado de familias dedicadas a tareas laborales de temporada
o a profesiones itinerantes en las localidades y centros docentes de origen durante todo
el curso escolar, para garantizar un proceso educativo sin interrupciones, así como al
colectivo del alumnado inmigrante que pudiera estar afectado.
- Colaboración con los centros docentes de la localidad en el seguimiento escolar del
alumnado para evitar el absentismo y reforzar su asistencia y permanencia en el sistema
educativo.
- Identificar al alumnado que presente indicadores de riesgo de absentismo, al objeto
de prevenirlo.
- Control y seguimiento del cumplimiento de la escolarización obligatoria con objeto
de garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado.
- Atención del alumnado fuera del horario lectivo mediante la organización de
actividades socio-educativas e iniciativas que sean necesarias.
- Atención en las localidades de destino de los escolares que se desplacen
temporalmente por motivos laborales de los padres y madres.
- Plena incorporación del alumnado inmigrante y de sus familias en el entorno escolar
y social.
5. Las distintas Entidades Locales, objeto de subvención, llevarán a cabo las
siguientes actuaciones:
Se hace constar que algunas de estas Entidades Locales tienen suscritos Convenios
con la Consejería de Educación y con la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
para colaborar en materia de absentismo escolar, creando las Comisiones Municipales
de Absentismo, para coordinar, planificar y evaluar el Programa de Absentismo Anual
de la localidad con la ayuda del Equipo Técnico Municipal de Absentismo, no existiendo
concurrencia con las actuaciones que ahora se subvencionan.