Disposiciones generales. . (2023/228-3)
Orden de 21 de noviembre 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la construcción y equipamiento de nuevas instalaciones de mataderos en la provincia de Cádiz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 07, Submedida 7.4., Operación 7.4.2). Inversión Territorial Integrada de la provincia de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Martes, 28 de noviembre de 2023

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d) Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
e) Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
f) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
g) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así
como las demás normas básicas que desarrollen la Ley.
h) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por
el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
i) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
j) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente.
k) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
l) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
m) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
n) Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.
o) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
3. Asimismo, las ayudas previstas en la presente Orden se regirán por todas aquellas disposiciones
que resulten de general o particular aplicación.

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y
excepciones (Artículo 3):
4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras, los Ayuntamientos
de la provincia de Cádiz.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
Ayuntamientos de la provincia de Cádiz en cuyo territorio se ubiquen explotaciones ganaderas.

4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
a) Los Ayuntamientos de la provincia de Cádiz que soliciten la subvención, deberán contar en su
territorio con explotaciones ganaderas de bovino, o/y explotaciones ganaderas de ovino-caprino, o/y
explotaciones ganaderas de porcino en el momento de presentación de la solicitud de subvención.
b) Los gastos o inversiones en bienes y servicios públicos de las actuaciones subvencionables deberán
ser mantenidos por el beneficiario durante, al menos, cinco años, a partir del pago final.
c) La entidad beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la
subvención durante el plazo de afección, que será de cinco años a partir del pago final.

4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que
impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
Haber quedado excluido de la misma medida de ayuda al desarrollo rural o tipo de operación que las
reguladas en la presente orden, de acuerdo con lo establecido en el apartado 6 del artículo 35 del
Reglamento delegado (UE) 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014.

4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:

La naturaleza de las subvenciones que se regulan, destinadas a financiar actuaciones que tengan por
objeto la construcción y equipamiento de nuevas instalaciones de mataderos en la provincia de Cádiz,
constituye el motivo por el que se exime en las bases reguladoras del cumplimiento de las
obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así
como la de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación del artículo 8.3 del Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo.

4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de concesión:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293159

No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado: