Autoridades y personal. . (2023/227-27)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales contempladas en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Lunes, 27 de noviembre de 2023

página 18034/4

6. Características de las ayudas.
6.1. Las ayudas dirigidas a la formación de personal investigador predoctoral
contempladas en esta convocatoria estarán vinculadas de manera unívoca a uno de los
proyectos de investigación financiado.
Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años, y el periodo de ejecución
se iniciará en la fecha de incorporación del personal investigador contratado a su puesto
de trabajo en la Universidad de Almería, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de
interrupciones y prórrogas del plazo de ejecución. No obstante, cuando el contrato se
concierte con una persona con discapacidad, el contrato podrá alcanzar una duración
máxima de seis años, prórrogas incluidas, teniendo en cuenta las características de la
actividad investigadora y el grado de las limitaciones en la actividad.
En el marco de las ayudas y dentro de la duración máxima indicada en el párrafo
anterior, se financiará un periodo de orientación postdoctoral una vez obtenido el título de
doctor/a, siempre que la obtención del título se produzca durante el periodo de ejecución
de la actuación, con una duración máxima de doce meses, destinado al perfeccionamiento
y especialización profesional de este personal investigador, sin perjuicio de lo dispuesto
en materia de interrupciones y prórrogas del plazo de ejecución.
6.2. Las ayudas financiarán los siguientes conceptos: El coste de contratación,
el coste de la indemnización a la finalización del contrato y los gastos derivados de
la realización de estancias en centros de I+D y de la matrícula en las enseñanzas de
doctorado.
La financiación de las ayudas para la formación de personal investigador predoctoral
revestirá la forma de subvención.
6.3. Las cuantías de las ayudas predoctorales serán las siguientes:
6.3.a) La cuantía de las ayudas será de doce mensualidades conforme a lo
establecido en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto
del personal investigador predoctoral en formación, incluida la parte proporcional de las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5.2. No podrán ser solicitantes, ni acceder a la contratación que se incentiva, quienes
cumplan cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Haber iniciado su formación predoctoral con financiación de otras ayudas
destinadas a la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral que
se hayan otorgado en el marco del Plan Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación
Tecnológica o de alguno de los anteriores Planes Nacionales, autonómicos bajo la
modalidad de contrato predoctoral regulado en el art.21 de la Ley de la Ciencia.
b) Estar en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o
extranjera.
c) Haber disfrutado, previamente a la presentación de la solicitud, de un contrato
predoctoral por tiempo superior a doce meses.
5.3. Nacionalidad. No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o
residencia de las personas solicitantes para la participación en el concurso. No obstante,
la contratación del personal investigador en formación extranjero no comunitario,
quedará supeditada a la obtención de la correspondiente exención del permiso de trabajo
y residencia legal en España, o el visado que le autorice para trabajar, de acuerdo con
lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros
en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, de 11 de
diciembre (BOE de 12/12/2009) y disposiciones reglamentarias de aplicación.
5.4. Las personas solicitantes extranjeras cuya lengua materna sea diferente del
español, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar en posesión de
una acreditación oficial de nivel de idiomas de B2, conforme al Marco Común Europeo de
Referencia de Lenguas, en español.
Las personas candidatas que hayan cursado licenciaturas o grados o al menos un
máster en castellano, están exentos de presentar la certificación.