Autoridades y personal. . (2023/226-47)
Resolución de 20 de noviembre de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor/a Asociado/a Laboral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Viernes, 24 de noviembre de 2023

página 17971/7

residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo, de conformidad con los
artículos 117 a 119 del R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento
de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de
los extranjeros en España y su integración social.
Las personas adjudicatarias de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber
firmado el contrato y sin estar dados de alta en Seguridad Social.
No se admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.
7.5. El contrato se realizará en la modalidad de contrato indefinido a tiempo parcial. En
caso de temporalidad cuatrimestral, será indefinido fijo discontinuo con las características
recogidas en el Anexo I de esta convocatoria.
7.6. La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de
compatibilidad en el caso de que la persona aspirante seleccionada esté desempeñando
o pase a desempeñar otra actividad pública o privada, de conformidad con lo establecido
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal de las
Administraciones Públicas.
7.7. Quienes, dentro del plazo establecido al efecto, y salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o justificantes que les fuesen requeridos por la Comisión o
los servicios administrativos de la Universidad, no podrán ser seleccionados, o en caso de
que ya lo hubieran sido, será anulada su selección, sin perjuicio de las responsabilidades
legales en que pudieran haber incurrido.
En el caso de que no se pueda formalizar la contratación de la persona aspirante, ya
sea por renuncia de esta o por cualquier causa ajena a la Universidad, se considerará
que la propuesta de contratación se extiende a los siguientes candidatos de acuerdo al
orden de prelación establecido.
7.8. Cuando el candidato contratado cese en la plaza adjudicada antes de transcurrir
un año desde la resolución del concurso, la Universidad de Jaén podrá iniciar de oficio
el procedimiento para contratar al siguiente concursante en el orden de prelación
establecido.
8. Norma final.
8.1. Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones de Selección resolverán
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente
a su publicación, ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Potestativamente,
podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Jaén,
en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá
interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

00292998

Jaén, 20 de noviembre de 2023.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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