Autoridades y personal. . (2023/226-39)
Resolución de 20 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía (A1.6000).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Viernes, 24 de noviembre de 2023

página 17955/3

Tercera. Participación de personas con discapacidad.
1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las necesarias
adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio de la fase de oposición,
manifestándolo en el apartado «turno de participación, exenciones al pago de la tasa y
adaptaciones» de su solicitud.
Para ello será necesario:
1.1. Tener oficialmente reconocida discapacidad igual o superior al 33%.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292974

1.2. Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Grado u otro
título equivalente, de conformidad con la normativa de aplicación, o de la certificación
supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de
homologación a título habilitante español o certificado de su equivalencia a titulación y a
nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
1.3. Tener una antigüedad de al menos dos años en el cuerpo del subgrupo al que
se pertenezca y desde el que se accede. A estos efectos, los servicios reconocidos
al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de Servicios
Previos en la Administración Pública, como personal funcionario de carrera en otras
Administraciones Públicas, en cuerpos o escalas del mismo subgrupo de titulación desde
el que se promociona, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en
estas pruebas selectivas.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo, opción y/o subopción a que se aspira.
1.5. No poseer la condición de personal funcionario de carrera de alguno de los
cuerpos propios de la Administración General de la Junta de Andalucía adscritos al
subgrupo al que se pretenda acceder.
1.6. Poseer la nacionalidad española de conformidad con lo establecido en el artículo
106.1. a) de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía.
1.7. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación.
1.8. No haber sido separada la persona aspirante, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, y no poseer la condición de personal
funcionario del cuerpo, opción y/o subopción convocado.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta la toma de posesión como
personal funcionario de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud electrónica que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada
en el apartado 4 de la base octava y haber abonado la correspondiente tasa conforme a
lo establecido en al base cuarta de esta convocatoria.