5. Anuncios. . (2023/224-51)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se declara parcialmente desierto el concurso convocado por Resolución de 7 de julio de 2023 y se efectúa segunda convocatoria para el procedimiento abierto de enajenación de la remesa primera de tierras vacantes procedentes del extinto IARA, en la provincia de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Miércoles, 22 de noviembre de 2023

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CUADRO RESUMEN

00292783

Plazo de presentación solicitudes:
1 mes a partir del siguiente a la fecha de publicación en el BOJA del Anuncio.
Requisitos generales:
-Ser mayor de edad y tener plena capacidad de obrar.
-Estar al corriente de obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma y de la Seguridad Social.
Criterios de valoración:
a) Si la solicitud la realiza una persona joven agricultora o ganadera y el proyecto recogido en su Plan de
Explotación vertebra el medio rural y es generador de empleo:
1.º Si no tiene la calificación de explotación prioritaria: 5 puntos.
2.º Si tiene la calificación de explotación prioritaria: 10 puntos.
b) Si la solicitud la realiza una persona jurídica que integra a personas jóvenes agricultoras o ganaderas y cuyo
proyecto es vertebrador del medio rural y genera empleo:
1.º Si integra a 5 o más personas jóvenes y en su Plan de Explotación genera al menos 5 UTAs (Unidades de
Trabajo Agrario) adicionales: 10 puntos.
2.º Si integra a 3 o 4 personas jóvenes y en su Plan de Explotación genera al menos 3 UTAs adicionales: 5
puntos.
3.º Si integra a 1 o 2 personas jóvenes y en su Plan de Explotación genera al menos 1 UTA adicional: 3 puntos.
c) Si las personas van a desarrollar modelos de explotación destinados a producciones más respetuosas con el
medio ambiente, como la ecológica o la integrada:
1.º Si la superficie destinada a cultivos en producción integrada es mayor o igual al 50% e inferior o igual al 75%
de la superficie total de la explotación: 4 puntos.
2.º Si la superficie destinada a cultivos en producción integrada es superior al 75% de la superficie total de la
explotación: 6 puntos.
3.º Si la superficie destinada a cultivos en producción ecológica es mayor o igual al 50% e inferior o igual al 75%
de la superficie total de la explotación: 8 puntos.
4.º Si la superficie destinada a cultivos en producción ecológica es superior al 75% de la superficie total de la
explotación: 10 puntos.
d) Si es una cooperativa agraria de explotación y comercialización común de la producción: 5 puntos.
e) Si es una sociedad agraria de transformación: 3 puntos.
f) Si la solicitud la realiza una mujer agricultora o ganadera: 5 puntos.
g) Según el número de mujeres que tengan la condición de socias en la persona jurídica solicitante:
1.º Si representan más del 25%: 5 puntos.
2.º Si representan más del 15% y hasta el 25%: 4 puntos.
3.º Si representan entre el 10% y el 15%: 3 puntos.
h) Si la persona no es titular o concesionaria de tierras procedentes del IARA a la fecha de publicación en BOJA
de la resolución por la que se inicia el procedimiento: 5 puntos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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