Disposiciones generales. . (2023/223-1)
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se regula y se convoca el procedimiento para la selección de los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos y la concesión de la ayuda preparatoria para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Leader en concurrencia competitiva, la selección de las mismas y el reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Martes, 21 de noviembre de 2023

página 17735/40

Artículo 45. Comité de Selección.
1. Se constituirá un Comité de Selección que formulará la propuesta definitiva de
resolución de selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Reglamento
(UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 y en virtud
de la delegación referida en el artículo 43.3 de esta orden.
Las personas que formen parte del Comité de Selección deberán presentar
declaración responsable de no estar incursas en las causas de abstención establecidas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y de no utilizar la documentación presentada por las entidades solicitantes para
otro fin distinto al de la valoración de las Estrategias de Desarrollo Local de acuerdo con
los criterios establecidos en el artículo 41 de esta orden.
2. El Comité de Selección tendrá en cuenta la presencia equilibrada de mujeres y
hombres en los términos previstos en los artículos 3 y 11 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, y estará formado por la Presidencia, las Vocalías y la Secretaría.
La Presidencia del Comité de Selección la asumirá la persona titular del Servicio
de Dinamización Rural de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena
Agroalimentaria.
Las Vocalías del Comité de Selección la ostentarán:
a) Un funcionario/a de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, con rango mínimo de
jefatura de servicio.
b) Un funcionario/a de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural,
con rango mínimo de jefatura de servicio.
c) Un funcionario/a de la Dirección General de Fondos Europeos de la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos, con rango mínimo de jefatura de servicio.
d) La persona titular del Servicio de Gestión y Control de ayudas FEADER Desarrollo
Rural.
e) Un funcionario/a en representación de cada una de las Delegaciones Territoriales
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de las provincias de las
Zonas Rurales Leader de las Estrategias que se presenten, con rango mínimo de jefatura
de servicio.
La Secretaría del Comité de Selección la asumirá un funcionario/a del Servicio de
Dinamización Rural, que actuará con voz y sin voto.
Asimismo, formará parte del Comité de Selección un/a representante de la asociación
que representa a los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, la Asociación para el
Desarrollo Rural de Andalucía (ARA), con voz y sin voto.
Para el mejor cumplimiento de las funciones del Comité de Selección, la Presidencia
podrá autorizar que, personas cuya presencia esté justificada por razón de su experiencia
o de sus conocimientos técnicos, acudan a las sesiones del Comité para informar de
algún aspecto relativo a la evaluación de las Estrategias de Desarrollo Local, actuando
con voz pero sin voto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292750

Ley 39/2015, de 1 de octubre. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no
figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y
pruebas que las aducidas por la entidad interesada.
3. Una vez analizadas las alegaciones y documentación aportada en el punto anterior
el Servicio de Dinamización Rural emitirá un informe propuesta indicando el cumplimiento
o no de los requisitos y la puntuación obtenida por cada uno de los Grupos de Desarrollo
Rural Candidatos, que será remitido a los miembros del Comité de Selección.
4. El Comité de Selección a la vista de los informes propuesta emitidos por el Servicio
de Dinamización Rural, realizará la valoración de todas las solicitudes presentadas,
verificará el cumplimiento de la puntuación mínima exigida e incluirá la relación de
solicitudes que hayan conseguido un orden preferente tras aplicar a cada una de ellas los
criterios de selección.