Disposiciones generales. . (2023/223-3)
Orden de 10 de noviembre de 2023, por la que se convocan las ayudas para la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas, y las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, previstas en la Orden de 26 de octubre de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Martes, 21 de noviembre de 2023

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sin que se hubiese dictado y publicado la resolución expresa, legitima a las personas o
entidades interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud
de concesión de la subvención.
3. La resolución del procedimiento se publicará a efectos de su notificación,
surtiendo los mismos efectos que esta, en la dirección electrónica establecida para cada
línea de ayuda en el artículo 1.2 de la orden de bases reguladoras. En cualquier caso,
se enviará un aviso informativo al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo
electrónico indicada por la persona o entidad interesada en su solicitud informándole de
la publicación. La falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación a través
de la publicación sea considerada plenamente válida.
Séptimo. Plazo de ejecución y justificación de los proyectos subvencionados
1. En la resolución de concesión de la ayuda dictada por la persona titular de la
Dirección General competente en materia de pesca y acuicultura se incluirá el plazo de
ejecución y justificación de los proyectos subvencionados.
2. Los plazos de ejecución y justificación de las ayudas deberán seguir las ventanas
temporales establecidas en el artículo 26.4 de la Orden de 26 de octubre de 2023.
Octavo. Anexos.
1. Forman parte de la presente orden de convocatoria los siguientes formularios:
a) Anexo I: Formulario de solicitud para cada línea de ayuda.
b) Anexo II: Formulario de alegaciones, aceptación y reformulación.
c) Anexo III: Solicitud de pago y justificación.
2. Estos formularios se podrán obtener a través de la dirección electrónica indicada
en el apartado segundo del resuelvo primero, así como en la sede de la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de sus órganos periféricos.

Décimo. Prevención del fraude.
1. Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos
de fraude o irregularidad en relación con Proyectos u operaciones financiados total o
parcialmente con cargo a fondos procedentes de la UE, en el marco de la presente
convocatoria, podrá poner dichos hechos en conocimiento de los correspondientes
Órganos a través de los siguientes canales:
a) Ante la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 20 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292756

Noveno. Devolución, compensación, aplazamiento y fraccionamiento.
1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la
Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las personas o entidades
beneficiarias podrán realizar la devolución voluntaria del ingreso recibido, debiendo para
ello comunicarlo al órgano gestor de la subvención, a fin de que por éste se confeccione
la correspondiente carta de pago con la que podrán dirigirse a una entidad bancaria para
realizar la citada devolución. La carta de pago que se emita se corresponderá con una
liquidación provisional a cuenta de la resolución definitiva que en su día se dicte.
2. Con anterioridad al inicio del procedimiento de reintegro, las personas o entidades
beneficiarias podrán presentar solicitud de compensación con reconocimiento de deuda,
acompañada de petición expresa de certificado del órgano concedente de la subvención
de la cantidad a devolver. La solicitud de compensación será remitida al órgano
competente para acordar su otorgamiento.
3. Asimismo, con anterioridad al procedimiento de reintegro, las personas o entidades
beneficiarias podrán presentar solicitud de aplazamiento o fraccionamiento con
reconocimiento de deuda dirigida al órgano gestor de la subvención, acompañada de la
documentación prevista en la normativa de aplicación.