3. Otras disposiciones. . (2023/221-56)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Málaga y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17549/18

Cada Área de trabajo podrá contar con un médico como representante aún tratándose
de áreas que se ocupan de asuntos ajenos a los profesionales de la Medicina, como
pueden ser los jurídicos, económicos y otros.
Los representantes de las áreas de trabajo, podrán comparecer ante el Pleno de la Junta
Directiva del Colegio, en el que tendrán voz pero no voto, cuantas veces lo estimen necesario
y sean convocados por el presidente. Serán nombrados por el Pleno de la Junta Directiva.
Los Representantes de cada una de las secciones o área de trabajos podrán designar
a otros compañeros pertenecientes a su misma sección o área para que les ayuden en
sus tareas, previa conformidad del Pleno de la Junta Directiva.
Los Representantes de las áreas colegiales podrán formar parte de cuantas
Comisiones negociadoras se constituyan por la Junta Directiva.
Todos los miembros integrantes de cada una de las Secciones Colegiales y Grupos
Profesionales podrán reunirse cuantas veces lo estimen necesario en la sede colegial,
poniéndolo en conocimiento del Presidente con una antelación mínima de cuarenta y
ocho horas, salvo que la urgencia del asunto a tratar justifique un plazo inferior.
CAPÍTULO V
Régimen electoral
Artículo 27. Condiciones para ser elegibles.
1. Para el cargo de Presidente: Haber permanecido ininterrumpidamente cómo
persona colegiada con ejercicio, en el Colegio Oficial de Médicos de Málaga, durante los
diez años anteriores a la presentación de la candidatura, encontrarse en el ejercicio de la
profesión y no estar incurso en prohibición o impedimento legal.
2. Para el resto de los cargos que integran la Comisión Permanente: Ser persona
colegiada con una antigüedad mínima de cinco años en el Colegio Oficial de Médicos
de Málaga, encontrarse en el ejercicio de la profesión y no estar incurso en prohibición o
impedimento legal.
3. Para los representantes de las Secciones Colegiales: Ser persona colegiada en
el Colegio Oficial de Médicos de Málaga, formar parte de la Sección correspondiente y
no estar incurso en prohibición o impedimento legal y encontrarse en el ejercicio de la
profesión. El representante de la Sección de Médicos Jubilados no requerirá encontrarse
en el ejercicio activo de la profesión, si bien habrá de acreditar la haya ejercido en algún
momento de su vida profesional.
Artículo 28. Incompatibilidades.
Sera incompatible ejercer un cargo de la Junta Directiva con:
a) Ocupar un cargo electo y/o tener responsabilidades de carácter ejecutivo, en la
Administración Pública Estatal, Autonómica, Provincial o Municipal.
b) Ocupar la dirección, cargo ejecutivo o tener atribuida la representación en
Compañías Aseguradoras.

Artículo 30. Convocatoria de Elecciones.
1. La convocatoria de elecciones de los miembros de la Junta Directiva corresponderá
al Pleno de la misma. De la convocatoria, el Colegio dará cuenta al Consejo Andaluz de
Colegios de Médicos, con la debida antelación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292556

Artículo 29. Forma de elección.
Las elecciones a cargos colegiales se realizaran por sufragio universal de todos los
colegiados de la provincia. Las candidaturas serán cerradas, y estarán integradas por
el Presidente, los Vicepresidentes, el Secretario, el Vicesecretario y el Tesorero y los
representantes de las Secciones Colegiales.