Disposiciones generales. . (2023/221-2)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se ajustan las cantidades destinadas a las ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o la formación práctica en la Formación Profesional Dual en el curso académico 2022/23.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17565/2

RESU ELV E
Primero. Determinar las cantidades a distribuir por provincias, destinadas a las
ayudas por desplazamiento al alumnado que realiza el módulo profesional de Formación
en Centros de Trabajo o la formación práctica en la Formación Profesional Dual en el
curso académico 2022/2023 conforme a la siguiente distribución:
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo
Almería

Cádiz

Córdoba

Granada

Huelva

Jaén

Málaga

Sevilla

1. y 2.º trimestre
(cuantía en euros)

4.653

10.359

6.620

7.304

3.587

5.093

9.797

16.114

3. trimestre
(cuantía en euros)

18.300

51.900

35.614

23.650

17.650

24.636

51.281

84.042

TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA
EN EUROS

22.953

62.259

42.234

30.954

21.237

29.729

61.078

100.156

Jaén

Málaga

Sevilla

er

er

Línea de subvención 2: FP Dual
Almería
TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA
EN EUROS

Cádiz

17.810

32.750

Córdoba
18.750

Granada
10.950

Huelva
10.550

15.250

13.400

34.000

Segundo. Ordenar la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, recurso potestativo de reposición ante la persona
titular de la Dirección General de Formación Profesional, conforme a lo establecido en
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 102.5 y 115.2
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o, en
su caso, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el órgano
jurisdiccional contencioso-administrativo competente, conforme a lo establecido en los
artículos 8.2, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.

00292570

Sevilla, 31 de octubre de 2023.- La Directora General, María Ángeles Rodríguez Peralta.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja