5. Anuncios. . (2023/221-75)
Anuncio de 14 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de Toma de Conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la Subsanación de Deficiencias del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota y de su Normativa Urbanística.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023
página 17556/86
Ocupación máxima: 75%.
Altura: se limita a dos plantas (baja y primera) en toda el área de estudio.
Separación a lindero público: 4 metros.
-Coeficiente de homogenización vivienda libre: 1,20.
-Coeficiente de homogenización V.P.O.: 1.
Art. 311.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
1. Sistemas de espacios libres de dominio público. 4.750 m².
2. Equipamientos Públicos: 3.100 m².
3. Aparcamientos: Una plaza por cada 100 m² de edificación, que podrán situarse el
50% en el interior de las parcelas.
* 2.- Cesiones: Será objeto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de La Carlota:
- Viales y aparcamientos urbanizados totalmente, así como la infraestructura general de
Electricidad (fuerza y Alumbrado), telecomunicaciones, saneamiento y agua de la Urbanización.
- Los terrenos destinados a Dotaciones indicados anteriormente.
- El 10% del aprovechamiento respecto al área de reparto resultante en el Sector.
Art. 312.- Iniciativa de desarrollo.
1.- Se redactará un Plan Parcial único por iniciativa pública, mediante el sistema de
«Cooperación».
SUBS AQ I1 (ALDEA QUINTANA)
Art. 314.- Usos globales y Niveles de intensidad.
1.- Uso: Industrial.
2.- Indice de Edificabilidad (m²t/m²s) sobre la superficie total del sector: 0,57.
3.- Aprovechamiento Medio (m²t/m²s): 0,57.
4.- Dotaciones: Como mínimo las establecidas en el cuadro incluido en el Título III de
estas Normas.
5.- Tipología de la edificación:
* Edificación de uso Industrial 2 (IND2):
Parcela mínima: 400 m².
Ocupación máxima 70%
Separación de la edificación a lindero público: 6 m.
Separación de la edificación a lindero privado:3 m
- Altura máxima:
Nave: será de una planta. Máximo 10 m. Se podrá construir una entreplanta cuya
ocupación sea inferior al 45% de la nave, y las alturas libres no sean inferiores a 2,40 m.
Art. 315.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
- Sistemas de espacios libres de dominio y uso público: 22.300 m².
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292562
Art. 313.- Criterios y objetivos de Ordenación.
1 - Delimitación: El Sector define un área de 152.416 m² en prolongación con el actual
suelo industrial. Al Oeste del Sector SAU I7 QUINTANA. Se ha clasificado como Suelo
Urbanizable Sectorizado de uso industrial. La propiedad es diversa.
2.- Se ha considerado de interés la ampliación del polígono dado la dinámica que
ha tenido en los últimos años, planteado para posibilitar la ampliación del recientemente
creado Parque Cooperativo, dado la demanda que esta teniendo este tipo de implantación,
así como en la que alojar tanto aquellas industrias o almacenes que por sus problemas
de espacio, transporte, rentabilidad etc., requieran erradicarse del casco, como aquellas
otras que teniendo posibilidades de crear fuentes de trabajo, se dirigen al Ayuntamiento
en busca de suelo preparado y en buenas condiciones.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023
página 17556/86
Ocupación máxima: 75%.
Altura: se limita a dos plantas (baja y primera) en toda el área de estudio.
Separación a lindero público: 4 metros.
-Coeficiente de homogenización vivienda libre: 1,20.
-Coeficiente de homogenización V.P.O.: 1.
Art. 311.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
1. Sistemas de espacios libres de dominio público. 4.750 m².
2. Equipamientos Públicos: 3.100 m².
3. Aparcamientos: Una plaza por cada 100 m² de edificación, que podrán situarse el
50% en el interior de las parcelas.
* 2.- Cesiones: Será objeto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de La Carlota:
- Viales y aparcamientos urbanizados totalmente, así como la infraestructura general de
Electricidad (fuerza y Alumbrado), telecomunicaciones, saneamiento y agua de la Urbanización.
- Los terrenos destinados a Dotaciones indicados anteriormente.
- El 10% del aprovechamiento respecto al área de reparto resultante en el Sector.
Art. 312.- Iniciativa de desarrollo.
1.- Se redactará un Plan Parcial único por iniciativa pública, mediante el sistema de
«Cooperación».
SUBS AQ I1 (ALDEA QUINTANA)
Art. 314.- Usos globales y Niveles de intensidad.
1.- Uso: Industrial.
2.- Indice de Edificabilidad (m²t/m²s) sobre la superficie total del sector: 0,57.
3.- Aprovechamiento Medio (m²t/m²s): 0,57.
4.- Dotaciones: Como mínimo las establecidas en el cuadro incluido en el Título III de
estas Normas.
5.- Tipología de la edificación:
* Edificación de uso Industrial 2 (IND2):
Parcela mínima: 400 m².
Ocupación máxima 70%
Separación de la edificación a lindero público: 6 m.
Separación de la edificación a lindero privado:3 m
- Altura máxima:
Nave: será de una planta. Máximo 10 m. Se podrá construir una entreplanta cuya
ocupación sea inferior al 45% de la nave, y las alturas libres no sean inferiores a 2,40 m.
Art. 315.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
- Sistemas de espacios libres de dominio y uso público: 22.300 m².
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292562
Art. 313.- Criterios y objetivos de Ordenación.
1 - Delimitación: El Sector define un área de 152.416 m² en prolongación con el actual
suelo industrial. Al Oeste del Sector SAU I7 QUINTANA. Se ha clasificado como Suelo
Urbanizable Sectorizado de uso industrial. La propiedad es diversa.
2.- Se ha considerado de interés la ampliación del polígono dado la dinámica que
ha tenido en los últimos años, planteado para posibilitar la ampliación del recientemente
creado Parque Cooperativo, dado la demanda que esta teniendo este tipo de implantación,
así como en la que alojar tanto aquellas industrias o almacenes que por sus problemas
de espacio, transporte, rentabilidad etc., requieran erradicarse del casco, como aquellas
otras que teniendo posibilidades de crear fuentes de trabajo, se dirigen al Ayuntamiento
en busca de suelo preparado y en buenas condiciones.