5. Anuncios. . (2023/221-75)
Anuncio de 14 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de Toma de Conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la Subsanación de Deficiencias del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota y de su Normativa Urbanística.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023
página 17556/79
norte del núcleo urbano de El Arrecife. Su ámbito se define en el Plano de Ordenación
A-9. Es de propiedad diversa.
2.- La ordenación detallada del Plan Parcial, plantea la recondución de esta antigua
parcelación al proceso de ordenación urbanística.
3.- La Tipología del Sector es de vivienda unifamiliar aislada.
Art. 281.- Usos globales y Niveles de intensidad.
1.- Uso: Dominante es de Residencial en edificación adosada, otros usos: Áreas
libres y Equipamiento Comunitario, Docente, Social y Comercial. Coeficiente de
homogenización.: 3,50
2.- Indice de Edificabilidad (m²t/m²s) sobre la superficie total del sector : 0,14.
3.- Aprovechamiento Medio: 0,489408746.
4.- La densidad máxima se fija en 6 viv/Ha.
5.- Dotaciones: Como mínimo las establecidas en el cuadro incluido en el Título III de
estas Normas.
6.- Tipología de la edificación:
Vivienda Unifamiliar aislada (UAS-3).
- Parcela mínima: 1.200 m².
- Ocupación máxima: 20%.
- Separación mínima a vial: 4 metros.
- Separación mínima a lindero privado: 3 metros.
- Altura: 2 plantas, 7 metros.
Art. 282.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
- Sistemas de Espacios libres de dominio público: s/RP.
- Servicios de Interes público y Social: s/RP.
- Equipamiento Deportivo: s/RP.
- Dotación Centro Docente: s/RP.
- Aparcamientos: Una plaza por cada 100 m² de edificación, que podrán situarse el
50% en el interior de las parcelas.
* 2.- Cesiones: Será objeto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de La
Carlota:
- Viales y aparcamientos urbanizados totalmente, así como la infraestructura general
de Electricidad (fuerza y Alumbrado), telecomunicaciones, saneamiento y agua de la
Urbanización.
- Los terrenos destinados a Dotaciones indicados anteriormente.
- El 10% del aprovechamiento resultante del Sector.
Art. 284.- Criterios y objetivos de Ordenación.
1 - Delimitación: El Sector abarca una superficie de 64.400 m². Suelo clasificado como
Suelo Apto para Urbanizar con uso Residencial. Comprende el área situada Junto a la
vereda de La Plata en El Arrecife. Su ámbito se define en el Plano de Ordenación A-9.
Es de propiedad diversa.
2.- La ordenación detallada del Plan Parcial, plantea Reconvertir el uso agroindustrial
actual en residencial, de forma que recoja las demandas de esta área y mejore la calidad
paisajística del entorno. Recuperar la Vereda de la Plata como zona verde en toda su
dimensión.
3.- La Tipología del Sector es de vivienda unifamiliar aislada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292562
Art. 283.- Iniciativa de desarrollo.
1.- Se redactará un Plan Parcial único por iniciativa privada, mediante el sistema de
«Compensación».
SUBS PP-R6. VEREDA DE LA PLATA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023
página 17556/79
norte del núcleo urbano de El Arrecife. Su ámbito se define en el Plano de Ordenación
A-9. Es de propiedad diversa.
2.- La ordenación detallada del Plan Parcial, plantea la recondución de esta antigua
parcelación al proceso de ordenación urbanística.
3.- La Tipología del Sector es de vivienda unifamiliar aislada.
Art. 281.- Usos globales y Niveles de intensidad.
1.- Uso: Dominante es de Residencial en edificación adosada, otros usos: Áreas
libres y Equipamiento Comunitario, Docente, Social y Comercial. Coeficiente de
homogenización.: 3,50
2.- Indice de Edificabilidad (m²t/m²s) sobre la superficie total del sector : 0,14.
3.- Aprovechamiento Medio: 0,489408746.
4.- La densidad máxima se fija en 6 viv/Ha.
5.- Dotaciones: Como mínimo las establecidas en el cuadro incluido en el Título III de
estas Normas.
6.- Tipología de la edificación:
Vivienda Unifamiliar aislada (UAS-3).
- Parcela mínima: 1.200 m².
- Ocupación máxima: 20%.
- Separación mínima a vial: 4 metros.
- Separación mínima a lindero privado: 3 metros.
- Altura: 2 plantas, 7 metros.
Art. 282.- Dotaciones y Cesiones:
* 1.- Dotaciones:
- Sistemas de Espacios libres de dominio público: s/RP.
- Servicios de Interes público y Social: s/RP.
- Equipamiento Deportivo: s/RP.
- Dotación Centro Docente: s/RP.
- Aparcamientos: Una plaza por cada 100 m² de edificación, que podrán situarse el
50% en el interior de las parcelas.
* 2.- Cesiones: Será objeto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de La
Carlota:
- Viales y aparcamientos urbanizados totalmente, así como la infraestructura general
de Electricidad (fuerza y Alumbrado), telecomunicaciones, saneamiento y agua de la
Urbanización.
- Los terrenos destinados a Dotaciones indicados anteriormente.
- El 10% del aprovechamiento resultante del Sector.
Art. 284.- Criterios y objetivos de Ordenación.
1 - Delimitación: El Sector abarca una superficie de 64.400 m². Suelo clasificado como
Suelo Apto para Urbanizar con uso Residencial. Comprende el área situada Junto a la
vereda de La Plata en El Arrecife. Su ámbito se define en el Plano de Ordenación A-9.
Es de propiedad diversa.
2.- La ordenación detallada del Plan Parcial, plantea Reconvertir el uso agroindustrial
actual en residencial, de forma que recoja las demandas de esta área y mejore la calidad
paisajística del entorno. Recuperar la Vereda de la Plata como zona verde en toda su
dimensión.
3.- La Tipología del Sector es de vivienda unifamiliar aislada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292562
Art. 283.- Iniciativa de desarrollo.
1.- Se redactará un Plan Parcial único por iniciativa privada, mediante el sistema de
«Compensación».
SUBS PP-R6. VEREDA DE LA PLATA