5. Anuncios. . (2023/221-75)
Anuncio de 14 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de Toma de Conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la Subsanación de Deficiencias del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota y de su Normativa Urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Viernes, 17 de noviembre de 2023

página 17556/50

La propiedad es diversa, el Ayuntamiento tiene un porcentaje de propiedad del Sector
significativo.
Situación: Figura en el Plano nº N-10 de Ordenación, ubicado al sur del núcleo urbano
entre la carretera de la Paz y el Polígono Industrial existente.
Art. 158.- Determinaciones.
El Plan Parcial que desarrolla el presente Sector ya esta Aprobado Definitivamente,
por lo que se regirá según sus determinaciones.
9. ORDENANZAS PARA LA ZONA SAU-I5 CTRA. N-IV NORTE [IND-PD].
Art. 159.- Definición.
Área apoyado en la antigua carretera N-IV y la carretera de Posadas. Al este del
casco urbano de El Arrecife. Se clasifica como Suelo Urbanizable con Planeamiento
Aprobado de uso industrial.
Su desarrollo permite la apertura de la continuación de la carretera de Posadas a
Puente Genil, habilitando la posibilidad de este trazado, corredor provincial Norte-Sur de
gran valor estratégico par los intereses y el desarrollo de La Carlota.
- Situación: Figura en el Plano núm. N-10, ubicado al este de la población con acceso
a través de la Ctra. N-IV, la Ronda Sur y la Ctra. de Posadas.
Art. 160.- Determinaciones.
El Plan Parcial que desarrolla el presente Sector ya esta Aprobado Definitivamente,
por lo que se regirá según sus determinaciones.
10. ORDENANZAS PARA LA ZONA SAU-I3 AMPLIACIÓN [IND 1 PD].
Art. 161.- Definición.
Comprende el área situada al sur del actual polígono, con acceso a través del actual
área industrial. Se plantea como Ampliación del mismo. Su ámbito se define en el Plano
de Ordenación N-10.
Art. 162.- Determinaciones.
El Plan Parcial que desarrolla el presente Sector ya esta Aprobado Definitivamente,
por lo que se regirá según sus determinaciones.
CAPÍTULO III
SUELO URBANO – NÚCLEOS SECUNDARIOS
A efectos de aplicación de los parámetros y condiciones generales de la edificación,
las Normas distinguen en Suelo Urbano de los núcleos secundarios las siguientes zonas :

ZONA 8:
ZONA 13:
ZONA 14:
ZONA 1AQ
ZONA 2AQ:
ZONA 3AQ:
ZONA 4AQ:

ZONA UNIFAMILIAR AISLADA DEL SECTOR PP-R7 NOY-LAS VIÑAS: [UAS 4 PD]
ZONA HISTORICA DE LA ALDEA DE LA PAZ
HISTORICA
ZONA DE ENSANCHE DE LA ALDEA DE LA PAZ
: ZONA HISTORICA DE LA ALDEA DE ALDEA QUINTANA
HISTORICA
ZONA DE ENSANCHE DE ALDEA QUINTANA
ZONA INDUSTRIAL DEL SECTOR SAU-I7 ALDEA QUINTANA [IND 3 PD]
ZONA VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA DEL SECTOR PP-R3 LAS DUEÑAS: UAS3

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00292562

Art. 163.- Definición y delimitación.
El Plan distingue las siguientes zonas en suelo urbano consolidado, en función de sus
características específicas de uso, tipología e intensidad edificatoria