Disposiciones generales. . (2023/525-1)
Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a Entidades Locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo y ejecución de estrategias locales que promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas en el marco de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/5
Segundo. Convocatoria de las ayudas.
1. Se convocan, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no
competitiva, subvenciones destinadas a entidades locales según el siguiente detalle:
Denominación de la línea: «Desarrollo y ejecución de estrategias locales que
promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en
riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas, en el marco de la Estrategia Regional
Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS), cofinanciadas por el Fondo
Social Europeo Plus, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad».
Importes. Las cuantías máxima para cada uno de los ejercicios serán las siguientes:
2023
2024
2025
2026
2027
CUANTÍA
MÁXIMA ( €)
20.288.820,00
28.655.344,00
28.655.344,00
28.655.344,00
28.655.344,00
134.910.196,00
ANUALIDAD
PRESUPUESTARIA
PORCENTAJE
DEL PAGO
MOMENTO DEL PAGO
2023
100%
Tras la resolución de concesión.
2024
100%
Diciembre 2024
2025
100%
Diciembre 2025
2026
100%
Diciembre 2026
2027
100%
Diciembre 2027
5. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes. Además del crédito máximo disponible
para esta convocatoria, excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional,
cuya aplicación a la concesión no requerirá de una nueva convocatoria, y que podría
incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a que se dicte la resolución
de concesión, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de
una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
6. En caso de inejecución del proyecto subvencionado como consecuencia de la falta
de fondos por la liquidación de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
no satisfechas, se autoriza que el reintegro de la subvención se efectúe a través de la
Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma (Patrica) o la Participación en
los Ingresos del Estado (PIE), correspondiendo a la Agencia Tributaria de Andalucía la
gestión recaudatoria del reintegro, frente a los obligados al mismo, así como la resolución,
o inadmisión en su caso, de las solicitudes de compensación y de aplazamiento y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292736
Partida presupuestaria: 1800160000 G/31G/46000/00.
2. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25433 en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25433.html
3. La financiación de esta línea de subvención se hará con cargo a los fondos del
servicio 16 del programa 31G del presupuesto de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad, financiándose con cargo a la medida D442HAF2B1
«Estrategias locales para la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para
colectivos en riesgo», participando en la misma la Unión Europea a través del Fondo
Social Europeo Plus en un 85% y la Junta de Andalucía en un 15%.
4. La secuencia de pago se establecerá de la siguiente manera:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/5
Segundo. Convocatoria de las ayudas.
1. Se convocan, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no
competitiva, subvenciones destinadas a entidades locales según el siguiente detalle:
Denominación de la línea: «Desarrollo y ejecución de estrategias locales que
promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en
riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas, en el marco de la Estrategia Regional
Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS), cofinanciadas por el Fondo
Social Europeo Plus, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad».
Importes. Las cuantías máxima para cada uno de los ejercicios serán las siguientes:
2023
2024
2025
2026
2027
CUANTÍA
MÁXIMA ( €)
20.288.820,00
28.655.344,00
28.655.344,00
28.655.344,00
28.655.344,00
134.910.196,00
ANUALIDAD
PRESUPUESTARIA
PORCENTAJE
DEL PAGO
MOMENTO DEL PAGO
2023
100%
Tras la resolución de concesión.
2024
100%
Diciembre 2024
2025
100%
Diciembre 2025
2026
100%
Diciembre 2026
2027
100%
Diciembre 2027
5. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes. Además del crédito máximo disponible
para esta convocatoria, excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional,
cuya aplicación a la concesión no requerirá de una nueva convocatoria, y que podría
incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a que se dicte la resolución
de concesión, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de
una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
6. En caso de inejecución del proyecto subvencionado como consecuencia de la falta
de fondos por la liquidación de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
no satisfechas, se autoriza que el reintegro de la subvención se efectúe a través de la
Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma (Patrica) o la Participación en
los Ingresos del Estado (PIE), correspondiendo a la Agencia Tributaria de Andalucía la
gestión recaudatoria del reintegro, frente a los obligados al mismo, así como la resolución,
o inadmisión en su caso, de las solicitudes de compensación y de aplazamiento y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292736
Partida presupuestaria: 1800160000 G/31G/46000/00.
2. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25433 en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25433.html
3. La financiación de esta línea de subvención se hará con cargo a los fondos del
servicio 16 del programa 31G del presupuesto de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad, financiándose con cargo a la medida D442HAF2B1
«Estrategias locales para la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para
colectivos en riesgo», participando en la misma la Unión Europea a través del Fondo
Social Europeo Plus en un 85% y la Junta de Andalucía en un 15%.
4. La secuencia de pago se establecerá de la siguiente manera: